COLUMNA INVITADA

Transparencia y derecho a saber: su necesaria vigencia

Esta generación se ha desarrollado en un ecosistema informativo plural, en el que predomina la información y el uso de plataformas digitales en el goce de sus derechos y libertades, por lo que su autonomía en la búsqueda de información y conocimiento

OPINIÓN

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Blanca Lilia Ibarra Cadena / Columna Invitada / Opinión El Heraldo de México
Blanca Lilia Ibarra Cadena / Columna Invitada / Opinión El Heraldo de MéxicoCréditos: Especial

Los esfuerzos de hombres y mujeres por conocer la cosa pública y proteger su esfera más íntima, permitieron que dos generaciones de mexicanas y mexicanos gozaran del ejercicio de sus derechos políticos en un marco normativo e institucional que aseguraba mecanismos claros para la garantía de las libertades informativas y de expresión. Un esquema que, a lo largo de dos décadas, se fue perfeccionando para modificar la relación entre la sociedad y sus autoridades.

Esta generación se ha desarrollado en un ecosistema informativo plural, en el que predomina la información y el uso de plataformas digitales en el goce de sus derechos y libertades, por lo que su autonomía en la búsqueda de información y conocimiento, dada su naturaleza de nativos digitales, ha sido fundamental para reforzar la idea de que sus necesidades informativas están al alcance de un clic.

Y es que, a diferencia de las generaciones que se formaron en un sistema que limitaba el acceso a la información a medios tradicionales, y en donde el libre intercambio de ideas y opiniones era acotado y sujeto de vigilancia o censura; estas nuevas generaciones crecieron en un modelo totalmente opuesto, fruto de años de lucha y esfuerzos a favor de la democracia y las libertades.

En la actualidad estos derechos, que se ejercieron desde un enfoque público que aseguraba garantías autónomas de transparencia y que el actuar gubernamental fuera puesto en una caja de cristal, transitan a un nuevo modelo.

¿Qué escenarios podremos encarar ante las modificaciones realizadas en el ejercicio del derecho a saber en México? Recordemos que, con la aprobación del dictamen de reforma constitucional que suprime diversos órganos autónomos, entre ellos el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), en la cual si bien este derecho a la información incorporado en la Constitución desde 1977 continúa siendo reconocido, los procedimientos y mecanismos para hacerlo efectivo aún no resultan del todo claros.

En la antesala de conocer la legislación secundaria que deberá emitir el Congreso en un plazo de hasta 90 días, en este modelo puede advertirse —a través de la lectura el artículo 6º constitucional y los transitorios— que el compromiso de las autoridades e instituciones en las materias de acceso a la información y protección de datos personales residirá en ellas mismas. Es decir, los sujetos obligados deberán promover, respetar, proteger y garantizar estos derechos humanos, y serán otras instancias y órganos del ámbito federal o local, según corresponda, quienes tendrán competencia para conocer de los procedimientos de revisión, ello ante las posibles inconformidades de las personas que les soliciten información.

En esta coyuntura, es oportuno advertir que este nuevo modelo deberá considerar mecanismos legales, administrativos y tecnológicos que aseguren el ejercicio del derecho a la información a una sociedad que ya utiliza y da por sentada la existencia de insumos informativos veraces, confiables, oportunos, congruentes, actualizados, accesibles, comprensibles y verificables. En caso de no cubrir las necesidades informativas de las personas, éstas podrán recurrir a plataformas digitales y otros medios para localizar los datos de su interés, tales como los dispuestos por la Inteligencia Artificial, lo cual pondría en entredicho la veracidad y la calidad de la información.

Además, resulta fundamental subrayar que, el establecimiento de mecanismos o procedimientos laxos que no continúen lo ya logrado en cuanto al goce de esta prerrogativa, también pondría en peligro el principio de progresividad de los derechos humanos; con esto también se podría presentar una regresividad en su reconocimiento y garantía, que costaron casi 47 años de largo camino desde su incorporación a la Carta Magna. Aunado a lo anterior, no debemos dejar de lado que, de no asegurar el pleno acceso a la información, podrían vulnerarse otros derechos y libertades, como la libertad de expresión, la participación y el ejercicio informado del voto, entre otros.

Este nuevo escenario debe ser favorecedor para la democracia, la pluralidad y la expresión de las voces, tan necesario en un sistema que requiere de participación y construcción de acuerdos. Este marco normativo deberá destacar el gran papel que la ciudadanía —tanto los jóvenes ciudadanos, como los que vivieron otro régimen— deberá desempeñar. La sociedad tendrá en sus manos el monitoreo de los alcances de esta reforma, ello a fin de evaluar si el nuevo modelo da un efectivo seguimiento al camino hacia el acceso a la información y la transparencia que se siguió en las últimas décadas.

Por ello, espero que en el proceso de conformación de las leyes secundarias se privilegie y se fortalezca el principio pro persona, la garantía constitucional de protección y el principio de progresividad de los derechos, para robustecer el marco jurídico de tutela efectiva.

POR BLANCA LILIA IBARRA CADENA

COMISIONADA DEL INAI

@bl_ibarra

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