COLUMNA INVITADA

Acciones afirmativas para esta elección

Consecuentemente, el INE emitió reglas para el registro de candidaturas para personas indígenas, afromexicanas, con discapacidad, de la diversidad sexual y migrantes a cargo de los partidos políticos y coaliciones

OPINIÓN

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Fernando Diaz Naranjo / Columna Invitada / Opinión El Heraldo de México
Fernando Diaz Naranjo / Columna Invitada / Opinión El Heraldo de MéxicoCréditos: El Heraldo de México

Un aspecto fundamental de todo sistema democrático es que la ciudadanía tenga la libertad de emitir su voto por la opción política que considere más apta para que represente sus intereses.  Por ello, es obligado que un auténtico sistema con régimen democrático tenga, entre las opciones políticas por las que la ciudadanía pueda elegir, a todos los segmentos que son parte inherente de la sociedad.

A finales de noviembre del año pasado, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), su máximo órgano de decisión y en acatamiento a una sentencia dictada por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación,  definió el mecanismo en que se implementarían las llamadas acciones afirmativas relacionadas con el principio de paridad de género, así, como el método para incorporar a grupos vulnerables en el registro de las candidaturas a diputaciones y, por primera vez, a las senadurías para el proceso electoral federal en marcha.

Consecuentemente, el INE emitió reglas para el registro de candidaturas para personas indígenas, afromexicanas, con discapacidad, de la diversidad sexual y migrantes a cargo de los partidos políticos y coaliciones.

De tal manera, este proceso electoral, tendrá por lo que hace a la Cámara de Diputadas y Diputados, 54 acciones afirmativas.  Para personas indígenas 34 postulaciones; 25 por el principio de mayoría relativa en distritos con población indígena y 9 por la vía de la representación proporcional.

Para personas afromexicanas en la misma Cámara de Diputaciones, se postularán 4 espacios; 3 por mayoría relativa y 1 por representación proporcional.  Para personas con discapacidad deberán ser postuladas 8 diputaciones, 6 de mayoría relativa y 2 de representación proporcional.  Para personas de la diversidad sexual 3 diputaciones; 2 de mayoría relativa y una de representación proporcional.

Finalmente, para migrantes residentes en el extranjero, deberán acreditarse 5 candidaturas, todas por el principio de representación proporcional.

Ahora bien, para el Senado de la República, que es la primera ocasión en que son impuestas acciones afirmativas que abarcarán 9 espacios ubicados de la siguiente manera: 5 candidaturas para personas indígenas, 4 de mayoría relativa y 1 de representación proporcional; 1 para persona afromexicana por mayoría relativa; 1 para persona con discapacidad por la vía de la representación proporcional; 1 persona para la acción afirmativa de diversidad sexual por el principio de mayoría relativa, y 1 persona migrante por el principio de representación proporcional.

En total, tendremos para este proceso electoral 63 personas candidatas que eventualmente estarán formando parte de la Cámara de Diputaciones y de Senadurías; 54 en la Cámara de Diputadas y Diputados y sólo 9 en la Cámara de Senadoras y Senadores.

A esto hay que preguntarnos ¿queda plenamente la sociedad representada en el Congreso de la Unión?  Si, pero de ninguna manera en la proporcionalidad en que la misma debería estar.

¿Qué sigue entonces?  Que una vez que el proceso electoral en marcha termine, independientemente de los resultados debe el próximo Legislativo, en una reforma electoral, plasmar plenamente y bajo una proporcionalidad más ajustada a la realidad, las acciones afirmativas plenamente identificadas en la legislación electoral, con el objetivo de contar con un sistema democrático representativo de nuestra sociedad actual.

Esto nos permitirá una mejor igualdad de condiciones en nuestra democracia, que todas las voces y segmentos de la población sean escuchadas y representadas en beneficio de nuestra propia sociedad.

PAL