El escritor polaco Henryk Sienkiewicz narró sensiblemente el pasaje más célebre que le da nombre a su novela Quo vadis: en una Roma plagada de extranjeros, las autoridades imperiales se dedican a la persecución de los cristianos, considerados como una plaga que corrompe los cimientos de la civilización latina. El bíblico san Pedro huye por la Vía Appia Antica y de improviso y en forma milagrosa se le aparece el Nazareno, el cual camina en dirección contraria de quienes escapan, va directo a la Ciudad Eterna.
Aturdido el pescador le pregunta al Galileo: “Quo vadis Domine”. La respuesta es tajante: a Roma a proteger y consolar a los cristianos quienes son objeto de la persecución iracunda del emperador.
El escenario actual no ha cambiado. Diásporas, éxodos y exilios surcan América Latina rumbo a Estados Unidos, para muchos el nuevo imperio. Y como tal, una clara persecución y descrédito a los migrantes.
En días pasados, la Corte Suprema de los Estados Unidos decidió no suspender la aplicación de la llamada Ley SB4 del Estado de Texas, la cual bajo cualquier estándar de derechos humanos vulnera y violenta las libertades más esenciales de las personas migrantes. Al ser una ley de carácter migratorio causa extrañeza que, siendo una materia federal, recaiga en el gobierno texano la competencia.
Más allá del sistema federal norteamericano, el problema más grave es la criminalización de la migración, el darle prima facie al migrante la calidad de delincuente –sin previo juicio, sin presunción de inocencia, sin ninguna de las garantías del debido proceso–.
Asimismo, la ley texana faculta a la policía local para detener y privar de la libertad a los migrantes, esto es, un cuerpo policiaco destinado a la seguridad pública en tareas migratorias, las cuales exigen un tratamiento diferenciado, sobre todo en materia de derechos humanos. Y como si fuera una escena del régimen nacionalsocialista de 1933, el perfil racial puede ser el indicio suficiente para considerar a cualquier persona dentro del Estado de Texas como sospechoso de ser migrante. Y las condenas por serlo pueden llegar hasta los veinte años de prisión.
México también ha mantenido una política migratoria desacertada y en más de las veces, violatoria de derechos fundamentales. Episodios de tragedia humana lamentablemente impunes e irresolutos colman la actuación de la autoridad migratoria de nuestro país. Sin embargo, a diferencia de Estados Unidos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sido prolija en defender y restaurar los derechos más elementales de las personas migrantes.
La Corte mexicana ha determinado como discriminatorio el perfil racial; ha definido como inconstitucional la privación indefinida de la libertad en las estaciones migratorias; reconocido la obligación de proporcionales un defensor; las autoridades de migración deben respetar la dignidad de los migrantes y proporcionarles refugio y alimento; y se les reconoce el derecho a denunciar abusos y de ser oídos; y cuentan con el carácter de vulnerabilidad por lo que la justicia federal debe protegerlos sin formulismos.
Así las cosas en torno a una problemática harta difícil y la visión contrastante de dos Cortes Supremas cada vez que se le pregunta a un migrante al cruzar la frontera: ¿quo vadis?
POR JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCANTARA CARRANCÁ
MINISTRO DE LA SCJN
EEZ