COLUMNA INVITADA

Terrorismo en Guanajuato

Cabe recordar que los actos terroristas de Acámbaro y Jerécuaro no son los únicos, ya que el 19 de septiembre de 2021 en el exterior de un restaurante-bar de Salamanca explotó un artefacto de “fabricación casera” con un saldo de dos personas fallecidas y cinco lesionadas

OPINIÓN

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Facundo Rosas / Colaborador / Opinión El Heraldo de México
Facundo Rosas / Colaborador / Opinión El Heraldo de MéxicoCréditos: El Heraldo de México

Minimizar un hecho delictivo cambiando el sentido de las palabras e incluso de algunos conceptos para no aceptar que en México existe terrorismo es no quererse apartar de la narrativa del ex presidente López Obrador; es querer tapar el sol con un dedo y en lugar de resolver el problema de fondo, confundir a la ciudadanía, empoderar a la persona o grupo delictivo que lo cometió y perpetuar la impunidad.

Sin embargo, por lo menos una de tres acepciones que ofrece la Real Academia Española (dominación por el terror, sucesión de actos de violencia ejecutados para infundir terror y actuación criminal de bandas organizadas que reiteradamente y por lo común, de modo indiscriminado, pretende crear alarma social con fines políticos), da cabida a los hechos registrados en Acámbaro y Jerécuaro, Guanajuato, mismos que el secretario de Seguridad y Protección Ciudadana del gobierno federal trató de darle un trato diferente para no aceptar que en el país sí existe el terrorismo vinculado al narcotráfico.

Al respecto señaló: “esto es por una disputa de territorio, esto es por droga; el terrorismo tiene tintes ideológicos, religiosos, etcétera”; “es una disputa de dos grupos delincuenciales para pelearse entre ellos y amedrentar a la autoridad, ya sea porque alguna autoridad local esté involucrada o porque la propia autoridad los está combatiendo”, sin reparar que no todo acto terrorista se circunscribe solo a temas político-ideológicos y religiosos.

Algo que tampoco consideró es en que la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada en su Artículo 2º señala que “cuando tres o más personas se organicen de hecho para realizar, en forma permanente o reiterada, conductas que por sí o unidas a otras, tienen como fin o resultado cometer alguno o algunos de los delitos siguientes, serán sancionados por ese solo hecho, como miembros de la delincuencia organizada: I Terrorismo, previsto en los Artículos 139 al 139 Ter…todos del Código Penal Federal”.  

De manera particular el Artículo 139 señala que “se impondrán de 15 a 40 años de prisión y multa de cuatrocientas a mil doscientas veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) a quien: utilizando sustancias tóxicas,… explosivos… intencionalmente realice actos en contra de bienes o servicios, ya sea públicos o privados o bien en contra de la integridad física, emocional o la vida de las personas, que produzcan alarma, temor o terror en la población o en un grupo o sector de ella para atentar contra la seguridad nacional o presionar a la autoridad o un particular para que tome una determinación”. “Así como al que acuerde o prepare un acto terrorista que se pretenda cometer, se esté cometiendo o se haya cometido en territorio nacional

En términos penales el delito de terrorismo, cometido por quien haya ordenado o colocado materialmente los coches-bomba, sí se actualiza y solo faltaría determinar los probables responsables, que podrían ser los integrantes de alguno de los grupos criminales señalados en los informes de las autoridades estatales y federales.

Lo anterior también echa por tierra lo declarado por la presidenta de la República en el sentido de que los hechos de Guanajuato no se pueden catalogar como terrorismo y que ayer se informaría “qué quiere decir terrorismo y qué quiere decir delincuencia organizada”, lo cual no sucedió.

Cabe recordar que los actos terroristas de Acámbaro y Jerécuaro no son los únicos, ya que el 19 de septiembre de 2021 en el exterior de un restaurante-bar de Salamanca explotó un artefacto de “fabricación casera” con un saldo de dos personas fallecidas y cinco lesionadas. En un primer momento el entonces gobernador de la entidad calificó el hecho como un "acto terrorista", sin embargo conforme pasó el tiempo y se dio cuenta del alcance de sus palabras, terminó reculando y declarando que no se trataba de terrorismo.

Por su parte el entonces presidente López Obrador condenó el atentado y trató de mantenerlo como un hecho local, sugiriendo que la investigación fuera atraída por le Fiscalía General de la República, pero sin atreverse a mencionarlo como terrorismo.

Negar las cosas no resuelve el problema y tarde o temprano termina contradiciendo a los políticos y como muestra basta un botón: siendo Jefe de Gobierno del DF Marcelo Ebrard, negó que en la capital del país operan cárteles de la droga cuando en su gestión fue identificada la actuación de varios de ellos y con alcance nacional. Por su parte Miguel Ángel Mancera que fue Procurador General de Justicia en la misma gestión también lo negó, sin embargo, su policía fue infiltrada por uno de los  cárteles más poderosos de ese entonces, el cual participó en el secuestro y asesinato del hijo de su extinto aliado Alejandro Martí y por el cual mantuvieron en prisión a una persona inocente por 7 años.

En síntesis, para calificar de terrorista un acto en el que se utilizan artefactos explosivos  improvisados no forzosamente debe existir un componente político o religioso o ambos al mismo tiempo; basta con que la acción genera terror entre la población para que se actualice tal denominación, como sucede con los grupos criminales vinculados con el tráfico de drogas u otro tipo de mercancías ilícitas.

Casos similares a los de Acámbaro y Jerécuaro son los registrados en Ciudad Juárez, Chihuahua en julio y septiembre de 2010, donde el blanco de los actos terroristas fue la Policía Federal por haber realizado detenciones de líderes criminales de “La Línea”.

POR FACUNDO ROSAS R. 

EX COMISIONADO GENERAL DE LA POLICÍA FEDERAL 

@FACROSAS 

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