En torno a la polémica reforma judicial -que ya está vigente-, sorprende la contumacia de una parte del Poder Judicial de la Federación (PJF) que ha emitido suspensiones provisionales y definitivas en juicios de amparo improcedentes. Es una improcedencia real, incontestable, explícita, de la que seguramente están conscientes tales juzgadores, pero no les ha importado.
Esa porción del PJF (conviene subrayar que no todo) ha exhibido su parcialidad y su desprecio a la Constitución y la ley. Como se sienten despojados de lo que consideran su patrimonio laboral y profesional, tales juzgadores han emitido resoluciones en contra de los Poderes Legislativo y Ejecutivo.
Su conducta denota una conciencia muy cercana a la supremacía. No importa la ley, lo que ellos decidan y ordenen es lo único que cuenta. Y si alguien no cumple sus arbitrarias resoluciones, incurre en desacato. Soslayan su propio desacato al emitir suspensiones sin sustento y no acusan recibo de los frecuentes señalamientos sobre sus omisiones y deficiencias.
La secretaria de Gobernación, Rosa Icela Rodríguez, se ocupó el pasado 21 de octubre, durante la conferencia de prensa matutina de la presidenta Claudia Sheinbaun, de algunas de tales deficiencias, entre ellas el dramático rezago judicial. Ejemplos: de las 21 mil personas que están en reclusorios federales, 6,097 -cerca del 30%- no han recibido sentencia. Un caso indignante es el de la prisión femenina en Morelos, donde 34% de las mil reclusas ha pasado entre 9 y 12 años esperando sentencia.
Y los juzgadores y trabajadores paristas han engordado aún más el rezago: entre el 20 de agosto y el 30 de septiembre, informó Segob, se han dejado de realizar 12,448 audiencias. Los justiciables que esperan atención no importan. Sólo cuentan los intereses de los paristas que, además, denuestan rudamente a sus compañeros y jefes que no los acompañan en su “defensa” de la autonomía judicial “amenazada”, en una narrativa que muchos medios de comunicación difunden acríticamente.
Además de los muy conocidos excesos en materia de remuneraciones y prestaciones de los ministros de la Suprema Corte, la titular de Gobernación aludió al nepotismo en grado superlativo que existe en el PJF, donde 49% de la plantilla (24,546 personas) tiene al menos un familiar trabajando en el mismo Poder. El 85.4% de los magistrados y el 67% de los jueces tienen familiares en el PJF, y de todo el personal, 23.7% tiene más de cuatro parientes ahí.
En tanto, los preparativos para la elección de juzgadores en 2025 continúan avanzando, aunque con tropiezos. Hasta el 20 de octubre, 644 jueces y magistrados en ejercicio están dispuestos a participar en la primera elección de juzgadores en el país (El Heraldo de México, 21/10/24). Esta es una buena noticia porque, sin duda, entre los actuales juzgadores hay muchos capaces de aportar talento y experiencia a la futura judicatura federal.
PLUS ONLINE: ESPALDARAZO DEL TEPJF AL INE
Como consecuencia de decenas de solicitudes de amparo, varios jueces le ordenaron al Instituto Nacional Electoral suspender los preparativos para la elección de juzgadores en 2025, por lo cual el INE acudió a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en busca de una acción declarativa.
Es diáfana la ilegalidad de tales suspensiones por diversas razones, entre ellas: la improcedencia del juicio de amparo contra reformas y adiciones constitucionales (Ley de Amparo, Art. 61); no procede la suspensión de los actos electorales a causa de la interposición de medios de impugnación (Constitución, 41); no es procedente el amparo en controversias de carácter electoral (Constitución, 107).
Por si todo ello no bastara, la Suprema Corte ha establecido (subrayado del columnista) que su autonomía e independencia permiten a las autoridades electorales no acatar o someterse “a indicaciones, instrucciones, sugerencias o insinuaciones provenientes de superiores jerárquicos, de otros Poderes del Estado o de personas con las que guardan alguna relación de afinidad política, social o cultural” (Tesis: P./J. 144/2005).
Con este contexto, el TEPJF, en acuerdo de sala, resolvió este miércoles 23 de octubre que: 1) Es procedente la acción declarativa solicitada por el INE; 2) Es constitucionalmente inviable suspender los procedimientos electorales a cargo del INE; 3) No es materia de pronunciamiento ni de litis la validez, legalidad o eficacia de las actuaciones o resoluciones de suspensión emitidas por diversos jueces de amparo.
Aunque este último punto es comprensible porque el asunto no es de la competencia del TEPJF, algunos pensamos que habría sido saludable algún señalamiento sobre las acciones de los juzgadores que incurrieron en la desmesura de ordenarle al INE la suspensión de los preparativos de la elección judicial. Por su parte, Janine Otálora y Reyes Rodríguez votaron en contra del proyecto presentado por Felipe de la Mata y apoyado por la presidenta, Mónica Soto, y Felipe Fuentes.
POR EDUARDO R. HUCHIM
COLABORADOR
@EDUARDORHUCHIM
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