COLUMNA INVITADA

Los riesgos sobre datos personales que señaló el INAI en el Plan B

El 22 de junio, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio muestra de la importancia del equilibrio de poderes en México, invalidando las reformas a la Ley Electoral (llamado Plan B)

OPINIÓN

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Julieta del Río / Columna Invitada / Opinión El Heraldo de México
Julieta del Río / Columna Invitada / Opinión El Heraldo de MéxicoCréditos: Especial

El 22 de junio, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio muestra de la importancia del equilibrio de poderes en México, invalidando las reformas a la Ley Electoral (llamado Plan B) y atendiendo el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el INAI porque representaba un riesgo a los datos personales.

Esta segunda parte del Plan B electoral fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de marzo de 2023, y reformó diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley General de Partidos Políticos, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, además de expedir la Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral.

Al respecto, la Corte admitió siete acciones de inconstitucionalidad: cuatro de partidos políticos, dos de minorías parlamentarias y 1 del INAI. El pasado jueves, el Máximo Tribunal del país invalidó estas reformas por violaciones al procedimiento legislativo, con lo cual se protegen los datos personales de la ciudadanía. Recordemos que el INAI es el único encargado en este país de cuidar la privacidad pero, ¿cuáles eran los riesgos respecto a la vulneración que señaló el INAI en su acción de inconstitucionalidad?

El Plan B establecía la figura de “flujo de información institucional”, en aras de integrar el sistema nacional electoral, lo que vulnera la protección de los datos personales, al señalar que toda la información institucional está disponible para consulta de organismos públicos y partidos políticos, incluso aquella reservada como clasificada o confidencial.

Proponía modificar la ubicación de los módulos de atención ciudadana para la obtención de credenciales de elector e instalarlos en inmuebles del gobierno federal, lo que afecta la seguridad para garantizar la protección de datos personales.

También señalaba que las y los mexicanos que residan en el extranjero podrían votar con pasaporte o matrícula consular sin contar con su INE, validación que sería realizada por la Secretaría de Relaciones Exteriores. Lo anterior ponía en peligro los datos personales de millones de paisanos residentes en el extranjero.

Otro detalle de alerta es que establecía que si un ciudadano encontraba que está afiliado a un partido sin su consentimiento, se podía solicitar la cancelación del registro; sin embargo, no se contemplaba sanción alguna para la institución política.

Por ley, las sanciones por el tratamiento incorrecto de datos personales en posesión de sujetos obligados le corresponden al INAI a través de una denuncia en el propio Instituto. Si usted lector tiene dudas de este proceso, le invito a acudir al Centro de Atención a la Sociedad (CAS) del INAI o llamar al 8008354324.

Con o sin quórum para sesionar, en el INAI estaremos al pendiente de cada alerta legislativa que recibamos y defenderemos a cabalidad los derechos de acceso a la información y protección de datos personales de las y los mexicanos.

 

POR JULIETA DEL RÍO

COMISIONADA DEL INAI

@JulietDelrio

LSN