Existe una doctrina jurídica conocida como “los frutos del árbol envenenado”, que esencialmente se refiere al nulo valor que se puede atribuir a un medio de prueba obtenido de manera ilícita. Así, por ejemplo, la confesión de un delito obtenida en violación de la privacidad de las comunicaciones no podría ser válidamente utilizada en juicio para condenar al respectivo delincuente confeso; pues dicha grabación sería fruto de una violación de derechos, conducta que en la metáfora doctrinaria es precisamente el “árbol envenenado”.
La noción del árbol envenenado resulta útil para aproximarnos al análisis de lo sucedido con el caso Roe v. Wade, recientemente invalidado por la Suprema Corte norteamericana.
Durante los primeros 185 años de vida constitucional estadounidense, cada Estado se consideraba competente para regular el aborto en concordancia con la visión de sus ciudadanos. Sin embargo, en 1973 con Roe, mediante una cuestionable argumentación, la Corte Suprema determinó que su Constitución confiere un derecho general a esta práctica y que los Estados no podían interferir ni limitar tal conducta.
Entre otros razonamientos, en el caso Dobbs la Corte evidenció los importantes problemas argumentativos de que estaba viciado Roe. Así, los Jueces se enfrentaron con el hecho de que el presunto “derecho al aborto” -construido judicialmente- se sostuvo sobre bases excepcionalmente débiles, pues falló en encontrar verdadero anclaje en el texto constitucional, en la historia norteamericana o en los precedentes de la Corte.
Es decir, en Dobbs se evidencia que Roe constituyó un verdadero árbol envenenado en términos justificativos, pues sembró en el ideario colectivo la noción de que disponer de la vida humana prenatal es un “derecho”, sin que ello encontrara un verdadero sustento constitucional.
Así, en tal precedente la Corte declaró un “lado ganador” de una batalla que se ubicaba en la arena política y coartó en sede judicial un conflicto que no le correspondía. Dicho de otro modo, se cerró un debate que debía continuar en la pluralidad democrática y, derivado de ello, se arraigó en gran parte de la sociedad una idea que no se ha justificado a la luz de la Constitución norteamericana. Esto es, la existencia de un supuesto “derecho” al aborto.
Las consecuencias de haber clausurado ese necesario diálogo y construido ese pretendido derecho desde 1973, pueden palparse en la sociedad norteamericana. Roe marcó la transición del “safe, legal and rare” al “shout your abortion” en el activismo abortista en Estados Unidos. Asimismo, redujo el interés social en generar espacios de diálogo sobre el tema; lo que se traduce en una ignorancia generalizada e indiferencia al respecto. Por ejemplo, hace algunas semanas Bill Maher reconocía que no tenía idea de que el movimiento “pro-life” está mayoritariamente integrado por mujeres; tampoco sabía que su país tenía una de las regulaciones más abiertas en materia de aborto.
Por otro lado, es imposible ignorar la división social que el tema ha generado en aquel país. A raíz de la ilícita filtración de la opinión mayoritaria en el caso Dobbs, diversos grupos abortistas acosaron a los Jueces de la Corte en sus domicilios particulares; además de que se vandalizaron iglesias y centros de ayuda a la mujer embarazada.
Bajo tal contexto, resultan palpables los frutos del árbol envenenado que constituyó Roe, por lo que, con su invalidación, la Corte deshace el nudo que originó el ambiente de indiferencia, ignorancia y profunda división social en relación con el tema del aborto.
Así, aunque la determinación resulte incómoda para quienes ven al aborto como un derecho, debe reconocerse que deja abierta la puerta para que incluso esa postura prevalezca. Sin embargo, ello deberá darse en un contexto de convencimiento democrático y no mediante imposición judicial pues, como se reconoce en Dobbs, el aborto lleva inmerso un punto de inflexión moral respecto del cual no le correspondía a la Corte determinar la “respuesta correcta” y cerrar el debate.
Roe ha sido el árbol envenenado cuyos frutos han intoxicado las ideas de quienes pretenden sustentar en dicho precedente sus posturas en materia de aborto. Al invalidarlo, la Corte regresó a la sede democrática un debate que, a la luz de su Constitución no debe definirse en sede judicial. Es decir, resolvió que sea en el ámbito político donde la sociedad busque soluciones frente a un desacuerdo fundamental que, en última instancia, se encuentra vinculado a pretensiones morales cuya determinación final debe corresponder al debate plural de ideas que -en todo caso- se puede desarrollar de un modo más adecuado en el ámbito legislativo.
Dobbs vino a talar el árbol envenenado plantado en Roe, dejando abierta la posibilidad de sembrar nuevas perspectivas sobre un tema con implicaciones morales profundas. Y la arena democrática será la tierra fértil en la cual las distintas ideas deberán confrontarse.
El escenario no es ideal para ninguna de las posturas, pero es el menos gravoso en una sociedad que aspira a la pluralidad democrática ya que, como refirió Churchill, la democracia es el peor sistema de gobierno, a excepción de todos los demás que se han inventado.
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