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La pauta de ejemplaridad, un verdadero compromiso anticorrupción

OPINIÓN

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Los programas anticorrupción efectivos tienen como sustento el firme y explícito respaldo de la alta dirección de la empresa; en donde vemos que propietarios, directores ejecutivos, consejos de administración (o equivalentes), declaran abiertamente su compromiso de “tolerancia cero a la corrupción y el soborno”, y reafirman el de la empresa.

Con ello, el gobierno corporativo está dando los primeros pasos para cumplir con su deber de cuidado, sujetando, además, a todos los niveles de la organización a ese principio anticorrupción, al tiempo que ordena la generación de los mecanismos orgánicos y normativos institucionales secundarios para su implementación y efectividad, incluyendo desde luego, la eficiencia institucional, mediante mecanismos de supervisión, evaluación, mejora y comunicación permanente.

Por ello, la pauta de ejemplaridad es un factor esencial de la cultura de la empresa en materia anticorrupción.

Como hemos dicho anterior-mente, la “pauta de ejemplaridad”, influye en las normas internas, los valores empresariales y en la vida organizacional y pone, con el ejemplo, la muestra del comportamiento que se espera de los empleados y socios comerciales; quienes además formalizan su compromiso, adhiriéndose a los documentos normativos y prácticas anticorrupción dictadas al interior de la empresa. De este modo, el gobierno corporativo asume la prevención y control de la corrupción como una responsabilidad propia.

Conforme a las mejores prácticas internacionales, este compromiso debe incluir como elementos, que la corrupción está prohibida en todo momento y bajo cualquier forma, ya sea la grande o pequeña, directa o indirecta, o bien, activa o pasiva, y éste debe hacerse público mediante una declaración formal sobre el principio “tolerancia cero a la corrupción y al soborno”; acentuándose, además, con el comportamiento y discurso cotidiano de los directivos y funcionarios de la empresa.

Estas “pautas de ejemplaridad” deben ser práctica común del gobierno corporativo de la empresa, enviando el mensaje a todos los empleados y socios comerciales, de que estos principios no son un mero procedimiento administrativo o retórica comunicacional, sino que ellos sean comprendidos, aplicados y transmitidos en todas sus acciones.

Para ello, atendiendo a recomendaciones de organizaciones internacionales, se deben implementar medidas para garantizar el cumplimiento del compromiso en toda la empresa, estableciendo responsabilidades específicas (ya sea de cumplimiento, supervisión, detección, control, evaluación y participación en la mejora continua), para lo que será indispensable proveer suficientes recursos (humanos, financieros, administrativos, tecnológicos, etcétera).

Y es que, es responsabilidad del personal directivo encontrar soluciones que permitan aplicar, supervisar y mejorar continuamente estas políticas, definiendo el alcance y la extensión de los elementos del programa; así como, que los empleados y socios comerciales estén al tanto y comprendan estos principios y normas anticorrupción, y entiendan las consecuencias de no respetarlas.

Para ello, es clave demostrar su respaldo y compromiso en el proceso de implementación, supervisión, evaluación y mejora del programa, incluso, atendiendo las resistencias que puedan presentarse entre empleados o socios comerciales.

Finalmente, debemos destacar que, como lo menciona la Oficina de la Organización de las Naciones Unidas Contra la Droga y el Delito, “el comportamiento de los superiores es el factor que más influye en el proceso de toma de decisiones de los empleados.

Cuando se enfrentan a una situación conflictiva, estos empleados generalmente imitarán el comportamiento y las acciones de sus superiores, ya que lo perciben como el mejor curso de acción”.

De este modo, podemos afirmar, que, sin el compromiso visible y público de la alta dirección, un programa anticorrupción no es viable.

POR PABLO ESCUDERO
ESPECIALISTA EN COMPLIANCE ANTICORRUPCIÓN Y CREADOR DEL PEIC
@PABLOESCUDEROM

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