En junio de 2015, la sección 22 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE), junto con la CNTE, convocaron a un paro magisterial y los niños de Oaxaca se quedaron, como en tantas otras ocasiones, sin clases durante dos semanas.
Ante la impotencia de no tener clases, tres valientes menores (de dos escuelas secun- darias y una primaria del estado de Oaxaca) acompañados de sus padres y de Mexicanos Primero, A.C., promovieron tres juicios de amparo para reclamar la omisión de las autoridades educativas federales y locales de proceder conforme a la Ley General del Servicio Profesional Docente, mismo que obliga a las autoridades a separar del servicio a todo el personal docente que falte a clases más de tres días consecutivos o discontinuos en un periodo de 30 días naturales sin causa justificada (en total fueron 10 días sin clases).
De estos juicios tuvieron conocimiento tres distintos juzgados de distrito en la Ciudad de México, mismos que, en diversos tiempos, coincidieron en amparar a los estudiantes.
El principal objetivo de estos litigios fue evidenciar que los paros laborales de maestros son inadmisibles en tanto atenten contra el derecho a la educación; como inadmisible es la omisión de las autoridades de actuar en consecuencia y que, para asegurar la continuidad en el servicio, en caso de exceder el número de faltas injustificadas que marca la ley, se debe proceder a la separación del personal docente faltista.
Estos precedentes judiciales envían un claro mensaje a las autoridades educativas (local y federal) y a la sociedad en general, en el sentido de que la continuidad en el servicio educati- vo y la idoneidad de los docentes no admiten excepciones.
Lo cierto es que aún no se ha logrado la ple- na protección y la restitución en el goce de los derechos de los menores, así como la repara- ción por estas violaciones, ya que, a la fecha, no se han cumplido los fallos.
Y lo que es peor, hay autoridades como la Secretaría de Educación Pública, que el pasado 13 de abril, emitió un comunicado del cual es posible desprender que serán renuentes al cumplimiento de una de las sentencias ya referidas, argumentando que son incompetentes.
Mensajes como éste son lamentables y en nada abonan a la causa en pro de la educación de calidad en México, máxime que conforme a la ley, es el secretario de Educación quien está obligado a vigilar, supervisar y hacer cumplir las normas educativas en los planteles en que se impartan los niveles prees- colar, primaria, secundaria, técnica y normal, en toda la República; lo que debería de hacer sin necesidad de ningún tipo de sentencia la que en todo caso debería de acatar de buen modo y sin promover recurso alguno.
Tres niños, tres escuelas, tres jueces, tres victorias por la educación. ¿Qué falta? Que las autoridades educativas federales y locales estén a la altura y que cumplan con lo que la ley les exige. ¡Ni un paso atrás en la protección de los derechos de la niñez!
*Socia fundadora del despacho Aguilar-Barroso
Sábado 18 de Enero de 2025