Legislación mexicana

Sentencia caso Monserrat Uribe, sí aplicó perspectiva de género

Derivado a la falta de dichas pruebas, entre otras, los implicados Miguel “N” y Adriana “N” fueron liberados luego de pasar un año y medio al interior del Reclusorio Norte

Sentencia caso Monserrat Uribe, sí aplicó perspectiva de género
Sentencia caso Monserrat Uribe, sí aplicó perspectiva de género Foto: Especial

La sentencia dictada a mediados de 2024 por Belem Bolaños, juez del Sistema Procesal Penal Acusatorio en la Ciudad de México, respecto al caso de Monserrat Uribe, joven desaparecida el 24 de julio de 2020 en la alcaldía Iztapalapa, sí aplicó “perspectiva de género”, sin embargo, debido a anomalías no hubo una reposición de la resolución

De acuerdo con fuentes consultadas en el caso, Bolaños no negó la existencia de un posible crimen, sino que, al analizar los elementos, consideró que lo ocurrido podría ajustarse más al delito de feminicidio que al de desaparición cometida por particulares, formulado por el Ministerio Público

“Hubo anomalías no atribuibles a la jueza Bolaños la reposición de la resolución, fue por inconsistencias en la investigación, siendo que sí aplicó la perspectiva de género y no revictimizo a nadie”, además, en el juicio oral resaltaron al menos tres versiones de los hechos, detallaron las fuentes consultadas. 

En junio de 2024 se concluyó el juicio contra Miguel “N” y Adriana “N”, acusados de la desaparición de Monserrat Uribe, joven de 21 años que fue vista por última vez tras asistir a una supuesta entrevista de trabajo y cuyos restos fueron encontrados en noviembre pasado en el Ajusco. 

Poder Judicial no puede condenar por un delito distinto

Tras la noticia del fallo, donde los acusados fueron puestos en libertad ante la falta de pruebas, se responsabilizó directamente a la jueza, sin embargo, según fuentes consultadas, la ejecución de la orden de libertad fue autorizada por otro juez.

Aunque los hechos podrían corresponder a un feminicidio, la jueza Bolaños no tenía la facultad legal para dictar sentencia por ese delito, ya que la Fiscalía no lo incluyó en la acusación. Según explicaron, el Poder Judicial no puede condenar por un delito distinto al que fue acusado por el Ministerio Público, incluso si durante el juicio se identifican elementos que apuntan hacia otro tipo penal.

Bajo este contexto, la madre de Monserrat, Jaqueline Palmeros, fundadora de la agrupación Una Luz en el Camino, en noviembre de 2024, junto con otras activistas localizó los restos óseos de su hija en el paraje “Llano de Vidrio”, en el Ajusco, mismos que fueron conformados por estudios forenses. 

Ante el hallazgo, el pasado 2 de abril, Palmeros solicitó en una audiencia en el Poder Judicial de la Ciudad de México, reposición del juicio en contra de la pareja absuelta por la desaparición de su hija, al argumentar que se perdieron evidencias como tres videos de cámaras del C5 por parte del Ministerio Público.  

Se podría afectar la credibilidad del Poder Judicial,

Derivado a la falta de dichas pruebas, entre otras, los implicados Miguel “N” y Adriana “N” fueron liberados luego de pasar un año y medio al interior del Reclusorio Norte. De acuerdo con la mamá de Monserrat, “las pruebas se perdieron por parte de las autoridades, casi al principio de la investigación del caso”. 

La sentencia de la jueza Belem Bolaños aplicó perspectiva de género y no revictimizo a Jaqueline Palmeros, se sostuvo en argumentos legales sólidos, no prejuzgó sobre la vida personal de la víctima, al contrario, evaluó el contexto en el que tuvo verificativo el hecho acusado y la actividad que desempeñaba la víctima, para reconocer indicios de mayor vulnerabilidad, razones de género que fueron replicadas por el magistrado Jesus Ubando López quien resolvió la apelación. De llegarse a presentar argumentos que demuestren que la sentencia fue incorrecta, se podría afectar la credibilidad del Poder Judicial, esto al revocar una resolución que fue emitida conforme al marco legal.

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