La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló la reforma de 2021 a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE). Fueron poco más de cinco horas y media de sesión, este jueves, en las que los ministros debatieron el proyecto que presentó Loretta Ortiz, quien propuso declarar la validez de la ley que da preferencia a la Comisión Federal de Electricidad (CFE).
Desde el inicio, el ministro presidente Arturo Zaldívar advirtió que no se levantaría la sesión hasta que este asunto tan importante fuera votado en su totalidad.
El máximo tribunal no logró invalidar temas torales de la reforma porque no se reunieron los ocho votos necesarios. Siete ministros señalaron que la norma viola la libre competencia y la transición a energías limpias.
Jorge Mario Pardo señaló que la única empresa que actualmente se encuentra en operaciones como suministradora de servicios básicos, es una subsidiaria de la CFE denominada “CFE suministradora de servicios básicos”, ya que otras dos empresas que han sido permisionarias para operar como suministradores no se encuentran activas.
“Tomando en consideración la intención de la reforma en la que expresamente se señaló que se buscaba modificar el orden de suministro del despacho para beneficiar a la CFE, siendo que, en primer y segundo lugar, a las energías de la propia CFE y, en tercer y cuarto, a las energías producidas por los privados, es que llego a la conclusión de que esta reforma sí genera alteración a la libre competencia”, señaló Pardo.
Aseguró que con esta ley se priva también a los consumidores de acceder a energías más limpias y baratas. Sobre la eliminación de subastas como único mecanismo de adquisición de energía, la ministra Norma Piña dijo que, con esta medida se inhibe la competencia en el mercado y se afecta directamente la generación de energías limpias porque se reduce al mínimo la posibilidad de entrada de centrales eléctricas que producen este tipo de energía.
Yasmín Esquivel, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Zaldívar apoyaron la propuesta de Ortiz en esos temas, por lo que la norma se mantiene vigente y continúa la preferencia a la CFE.
El máximo tribunal reconoció la constitucionalidad de los artículos que definen los contratos de cobertura eléctrica con compromiso de entrega física y contratos legados para el suministro básico; que establecen el requisito para acceso a redes; que prevén la posibilidad de que diversos participantes realicen obras para la interconexión; y que señalan los criterios para determinar el despacho de energía. En el caso de los otros artículos impugnados por violar la competencia económica y la libre concurrencia, se
desestimó la acción de inconstitucionalidad.
El embajador de Estados Unidos en México, Ken Salazar, mostró su preocupación tras la validez de constitucionalidad que se dio a la LIE.
“El gobierno de Estados Unidos respeta la soberanía de México. Es en este tenor (...) nos preocupa que la Ley de la Industria Eléctrica de 2021 probablemente abrirá la puerta a litigios sin fin, generando incertidumbre y obstruyendo la inversión”, señaló.
POR DIANA MARTÍNEZ E IVÁN SALDAÑA
MAAZ