Será el próximo lunes 2 de enero cuando la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados, determine cuáles son los alcances de la sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación sobre la convocatoria para la designación del Comité Técnico de Evaluación, y la Convocatoria para la elección de los integrantes del Consejo General del INE.
Los coordinadores parlamentarios solicitaron al área jurídica de San Lázaro un análisis exhaustivo de todo el proceso jurídico que lleva el expediente SUP-JDC-1479 y sus acumulados emitidos por los magistrados quienes consideraron que existen aspectos inconstitucionales.
El objetivo, es contar con todos los elementos jurídicos, para que, con certeza de la responsabilidad que se tiene desde la Jucopo, dar la respuesta a la sentencia que ya fue notificada de manera formal.
Los diputados federales señalaron que debido a que es una sentencia definitiva e inatacable, se acordó emitir un nuevo acuerdo que atienda la sentencia para proponer que sea aprobado por el pleno en el próximo periodo ordinario de sesiones, lo que no impediría que continúen con el nombramiento del Comité y las demás etapas de la convocatoria que no fueron impugnadas.
De cualquier forma, Ignacio Mier, titular de la Jucopo, criticó la actuación de los magistrados e indicó que en un principio encontraron irregularidades en la resolución que llevaron a cabo.
“Entonces se va a hacer una valoración, una revisión con una dioptría mayor que nos permita tener certeza y no cometer la imprudencia, porque no somos iguales, que ha venido cometiendo de manera reiterada un grupo de integrantes del Tribunal Federal Electoral, como se conoce comúnmente, y para no incurrir en lo que criticamos, acordamos ser prudentes”, dijo.
La vicecoordinadora del PRD, Elizabeth Pérez comentó que, en una primera revisión, la Dirección General de Asuntos Jurídicos destacó que no se dio derecho de audiencia a la Cámara de Diputados y el Tribunal carece de facultades para revocar un acuerdo del pleno.
“Lo que sí tenemos que decir es que, aunque la Suprema Corte haya tomado esta determinación; aunque el Tribunal lo haya hecho en pleno uso de sus facultades, también tenemos que decir que este es un Poder, y que el Poder (Legislativo) como parte del equilibrio de los mismos, tiene que tomar sus propias decisiones al respecto de las competencias que les tocan”, dijo.
La sentencia establece, en su parte sustancial, que el Comité Técnico de Evaluación no debe rendir informes parciales a la Jucopo; que se distinga en las quintetas cuál va para la presidencia y cuáles para las demás vacantes; que se establezcan reglas diferenciadas para la presidencia y para las demás vacantes; que la JUCOPO ponga a consideración del pleno en cédulas diferenciadas la presidencia y las demás vacantes; que distinga la paridad de género en las diferentes quintetas.
En esta mesa se impugnó la propuesta de la CNDH para integrar al Comité Evaluador y se informó que se propuso a Araceli Mondragón González en lugar de María del Socorro Puga Luévano como integrante.
Se informó además que, el Dr. Sergio López Ayllón no cumple con las características para integrar al Comité, por considerar que ha emitido opiniones a favor del INE y promovió la marcha del 13 de noviembre pasado.
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dhfm