El Congreso de Guerrero aprobó por unanimidad de votos varias reformas en materia civil y electoral para instituir el Registro Estatal de Deudores Alimentarios Morosos, al que serán inscritos quienes dejen de cumplir sus obligaciones alimentarias de manera injustificada o hayan sido sentenciados por el delito de incumplimiento, motivo por el cuál tampoco podrán contender por un cargo de elección popular.
En la segunda sesión que celebró ayer por la noche el Congreso local, la Comisión de Justicia sometió a consideración del pleno el dictamen por el que se reforman varias disposiciones del Código Civil del Estado, de la Ley del Registro Civil y de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales.
Al respecto, la comisión dictaminadora indicó que el Registro Estatal de Deudores Alimentarios Morosos, que será operado por el Registro Civil del estado, ayudará a evitar que personas que adeudan pensión alimentaria, o que hayan sido sentenciadas por ese hecho, participen como candidatos por una diputación local, una presidencia municipal o la gubernatura.
“Se garantiza a la sociedad que las personas que aspiren a ocupar un cargo son personas intachables, responsables con sus deberes primarios, que inspirados en el principio jurídico [quien puede lo menos, puede lo más], esta cierta que quien es capaz de cumplir con sus deberes alimentarios es capaz de cumplir también con un cargo de representación popular”, indica el dictamen.
El diputado priista, Rafael Navarrete Quezada, quien razonó su voto a favor, destacó que el Registro Estatal de Deudores Alimentarios Morosos permitirá reforzar los requisitos de elegibilidad en un proceso electoral.
“De esta manera tendremos candidatas y candidatos con solvencia moral, sin antecedentes de violencia familiar y sin adeudos por conceptos de alimentos (...) quienes no cumplan con los requisitos que se adicionan, simple y sencillamente no podrán aspirar a ser votados, puesto que quien no es responsable y no le cumple a sus hijos, tampoco le cumplirá al pueblo”.
Las reformas fueron aprobadas, en lo general y en lo particular, por unanimidad de votos, por lo que la Mesa Directiva ordenó la emisión del decreto correspondiente.
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