SAN LUIS POTOSÍ

TEPJF confirma triunfo de José Ricardo Gallardo en San Luis Potosí

Asumirá la gubernatura de San Luis Potosí el próximo domingo para el periodo 2021-2027

NACIONAL

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Créditos: Especial

Por unanimidad de los siete magistrados que integran la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), esta noche fue declarado válida la elección a la gubernatura de San Luis Potosí y la entrega de la Constancia de Mayoría en favor de José Ricardo Gallardo Cardona, postulado por la coalición “Juntos haremos Historia” que formaron el PVEM-PT, por lo que el próximo domingo protestará como gobernador constitucional para el periodo 2021-2027.

Al resolver el Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano SUP-JDC-1139/2021 promovido por César Octavio Pedroza Gaitán, quien fuera candidato de la coalición “Sí por San Luis” PAN, PRI, PRD y el local Partido Conciencia Popular, así como el Juicio de Revisión Constitucional SUP-JRC-144/2021 presentado por el PAN y otros, una a una desecharon los agravios y solamente declararon nulas las votaciones recibidas en 16 casillas de las 584 impugnadas, lo que no afectó el resultado final de la elección.

En los proyectos presentados por el magistrado Felpe de la Maza Pizaña y votados a favor, estimaron como inoperantes, vagos e infundados los argumentos sobre la nulidad del resultado en la mayoría de las casillas; por ejemplo, en el caso de las actas de escrutinio y cómputo que carecieron de folio, se sentenció que fueron las usadas por el Programa de resultados Electorales Preliminares (PREP) y que las sesiones de cómputo se realizaron conforme a la ley y contaban con candados de seguridad.

En el caso de los 16 centros de votación cuyos resultados fueron anulados, consideraron fundado el agravio, pues en el análisis de las actas, listados nominales y el encarte correspondiente quedó demostrado que las personas que recibieron la votación no estaban autorizadas al no pertenecer a la Sección de la casilla donde actuaron.

Una gran parte de la discusión se centró en la participación de los denominados “influencers” en redes sociales digitales, en lo que consideraron que los contenidos de los mensajes no estaban dirigidos específicamente a la elección a la gubernatura de San Luis Potosí ni hicieron alusiones directas al candidato ganador, José Ricardo Gallardo Cardona; sin embargo, en la sentencia se propone al INE iniciar una investigación especial, lo que a juicio de los magistrados José Luis Vargas Valdez y Felipe Alfredo Fuentes Barrera no era correcto porque ya hay sanciones al respecto.

En cuanto al agravio del supuesto rebase al tope de gastos de campaña por parte de José Ricardo Gallardo Cardona fue desestimado, ya que en el análisis consolidado del Consejo General del INE y en la revisión del informe de ingresos y gastos, el total de las erogaciones comprobadas del candidato de “Juntos haremos Historia”, a la postre ganador de la contienda, arrojan una diferencia a su favor por cerca de 7 millones de pesos respecto al tope establecido en poco más de 29 millones de pesos.

Como apartado especial, es de destacarse que las y los magistrados de la Sala Superior del TEPJF consideraron improcedente el desistimiento a la impugnación que el PRI hizo el 4 de agosto a través de su presidente estatal, Elías Pesina Rodríguez, por lo se consideró su participación como parte actora.

Así, las sentencias aprobadas por unanimidad por las y los magistrados resolvieron modificar el cómputo; confirmar la Declaración de Validez de la elección de la gubernatura de San Luis Potosí y la expedición de la Constancia de Mayoría a favor de José Ricardo Gallardo Cardona, candidato de la coalición “Juntos haremos Historia” PVEM-PT; ordenar al INE inicie procedimientos administrativos sancionadores respecto a la participación de los denominados “influencers” en redes sociales digitales.

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