OBJECIÓN DE CONCIENCIA

SCJN exhorta a legislar sobre objeción de conciencia; continúa la discusión

El máximo tribunal determinó que el Congreso de la Unión legisle nuevamente para establecer lineamientos

NACIONAL

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SCJN invalida la regulación sobre objeción de conciencia.SCJN invalida la regulación sobre objeción de conciencia. Foto Especial Créditos: Foto Especial

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la regulación sobre objeción de conciencia, figura que permite a los médicos y enfermeros negarse a practicar procedimientos sanitarios por sus convicciones ideológicas, éticas o religiosas.

El máximo tribunal determinó que el Congreso de la Unión legisle nuevamente para establecer lineamientos.

Este lunes, los ministros continuaron la discusión de la acción de inconstitucionalidad que presentó la Comisión Nacional de los Derechos Humanos contra el artículo 10 Bis de la Ley General de Salud que establece que el personal médico y de enfermería puede ejercer la objeción de conciencia, salvo que corra peligro la vida de la persona que requiere la atención o si es una urgencia médica. 

Los integrantes del Pleno de la Corte señalaron que el Congreso de la Unión no establece lineamientos claros para esta figura.

Por ocho votos, la Corte invalidó el artículo 10 Bis aunque precisó que la objeción de conciencia es constitucional.

Este martes determinará si se realizará un exhorto o se ordenará al Congreso de la Unión para que legisle sobre el tema.

Zaldívar indicó que la Corte coincidió en que incorporar la figura de objeción de conciencia en el ámbito médico es constitucionalmente válido al ser una concreción de la libertad religiosa y de conciencia y que esta figura no puede ejercerse de forma que se violen los derechos de otras personas, por lo que deben existir ciertos estándares para su ejercicio, y estos deben aplicarse a personal médico de instituciones de salud públicas y privadas.

Sin embargo, señaló que reconocer la validez del artículo como está en la ley al establecer una objeción de conciencia que no tiene más límites que los casos de urgencia y riesgo de la vida es dar un cheque en blanco para que se nieguen los servicios de salud, particularmente del aborto.

Zaldívar propuso invalidar el artículo y establecer en la ley lineamientos mínimos como regular claramente quiénes sí pueden ejercer la objeción de conciencia restringiendo este derecho al personal que participa directamente en el procedimiento; además de que no se pueda invocar en casos de riesgo de vida o urgencia médica y en los que la objeción implica una carga desproporcionada a las mujeres que optan por la interrupción del embarazo o en cualquier clase de paciente.

También propuso que la objeción debe hacerse valer por escrito exponiendo las razones y remitiendo al personal que sí puede realizar el aborto o el procedimiento del que se trate, estableciendo la obligación de las instituciones de realizar los traslados y los trámites para que se garantice el derecho a la salud, además de la creación de un padrón de médicos no objetores en los casos de aborto.

El ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena cambió de último momento su voto para que se juntaran los ocho votos requeridos para invalidar la norma.

Acusa Zaldívar presiones para reconocer objeción de conciencia

El ministro presidente Arturo Zaldívar acusó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación recibió presiones para que se reconociera la objeción de conciencia.

“Todos los grupos conservadores que se oponen al derecho de las mujeres están presionando para que este tribunal reconozca una objeción de conciencia ilimitada porque saben perfectamente que si esto pasa ahí se acaba el ejercicio de las mujeres a tener un aborto digno, lo que es obligatorio para el Estado de acuerdo con la sentencia que dictó este tribunal constitucional”, enfatizó.

Aseguró que dejar en vigor una norma como la que establece la objeción de conciencia en la Ley General de Salud,  da herramientas a quienes se oponen al ejercicio de los derechos de las mujeres y de las personas gestantes.

“De nada sirve que con una mano reconozcamos el derecho de las mujeres a interrumpir su embarazo si con la otra damos pie a que este derecho se le cercene, se les quite, quede en mera declaración retórica.

“Es verdad que este derecho de objeción de conciencia puede ocuparse de muchos otros temas, pero el más relevante, sin duda, es el derecho al aborto, tan es así, que por eso los listamos juntos”, destacó.

DRV