CONGRESO CDMX

Congreso de CDMX aprueba que delitos de violación a menores y pederastia sean imprescriptibles

El Congreso de la Ciudad de México aprobó que la violación, violación equiparada y pederastia en contra de menores de edad serán imprescriptibles

NACIONAL

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De acuerdo a las reformas al artículo 181 BIS del Código Penal de la Ciudad de México se elevó de 12 a 20 años de prisión Foto: Especial

El Congreso de la Ciudad de México aprobó que la violación, violación equiparada y pederastia en contra de menores de edad serán imprescriptibles.  

También avaló que en el caso de agresión o acoso sexual cometidos contra menores la preescripción correrá al cumplir la víctima 30 años, toda vez que actualmente prescribe a los 18 años.  

En sesión ordinaria, el presidente de la Comisión de Procuración de Justicia, Ricardo Ruiz expusó que las víctimas podrán denunciar a su agresor en el momento que consideren se encuentren preparados física, mental y emocionalmente.  

Detalló que son diferentes los motivos por los que un menor no denuncia, los cuales tienen que ver con su desarrollo psicosexual y las amenazas que están alrededor, algunas de ellas provenientes del perpetrador, miedo de decepcionar a los padres o "vergüenza social ". 

De acuerdo a las reformas al artículo 181 BIS del Código Penal de la Ciudad de México se elevó de 12 a 20 años de prisión contra la persona que realice cópula con menores de 12 años.  

Respecto al ilícito de pederastia, se eleva la pena de cárcel de 17 a 24 años, pues se entiende como el acto que comete quien valiéndose de la relación de confianza o de subordinación o de cualquier índole convenza a una persona menor de 18 años para realizar con ella o con una tercera persona la cópula.  

Además se  considera agravante si un servidor público encubre este delito y no lo denuncie ante el Ministerio Público se la impondrá la destitución e inhabilitación para desempeñar empleo, cargo o comisión hasta por la mitad del tiempo de la pena impuesta al autor del delito. 

Asimismo, se impondrá de 4 a 9 años de prisión a quién sin el propósito de llegar a la cópula, ejecute un acto sexual en un menor o una persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho o por cualquier causa no pueda resistirse.  

También aplica para la persona que exhiba sus órganos genitales con fines lascivos, tanto en ámbito público como privado, ejecute un acto sexual o lo obligue a observarlo.  

Hace ocho meses, la jefa de gobierno, Claudia Sheinbuam envió una iniciativa para lograr la prescripción de diversos delitos cometidos contra niños, niñas y adolescentes, la cual se unió a las presentadas por los diputados, Diego Orlando Garrido y Teresa Ramos. 

Esta aprobación deberá ser notificada a la Conserjería Jurídica para su publicación en la gaceta oficial de la capital.  

Por: Cinthya Stettin  

dhfm