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Pide gobierno de Puebla a escuelas particulares diferir pagos o reducir colegiaturas

NACIONAL

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El gobernador del estado de Puebla, Miguel Barbosa Huerta, publicó un acuerdo en el Periódico Oficial del Estado, un exhorto para que las instituciones de educación superior realicen acuerdos de pago u otorguen descuentos hasta de 25 por ciento en el monto de las colegiaturas mientras duré la contingencia, además de condonar pagos a quienes hayan perdido su trabajo.

El documento que viene fechado el viernes 17 de abril, tiene como objetivo ser parte de las medidas que buscan reducir el impacto tras la pandemia por Covid-19 en los bolsillos de los padres de familia, algunos de los cuales se han quedado sin fuente de ingresos.

En primer lugar, el documento indica que se exhorta a las personas físicas o morales que sean propietarios de escuelas particulares en el Estado de Puebla, a no cobrar o condonar las cuotas y/o colegiaturas a quienes sean los que hagan frente al pago de éstas y hayan sido despedidos de sus trabajos y que sea legalmente comprobable dentro de la temporalidad de esta pandemia.

También se establece en un segundo punto, la recomendación para que se realice el cobro al 75 por ciento de los montos establecidos como colegiatura al inicio del ciclo escolar, evitando el cobro de cuotas especiales o extraordinarias, así como el de intereses o recargos.

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Además, en el tercer punto, el gobierno del estado establece que por cuestión humanitaria, se exhorta a las personas físicas o morales que sean propietarios de escuelas particulares en el estado de Puebla, implementen un Sistema de pagos diferidos a quienes no puedan pagar las colegiaturas durante el tiempo que dura la pandemia.

Declaratoria de pandemia

El sustento de dicho acuerdo radica en la declaratoria de pandemia el 11 de marzo de 2020 por la Organización Mundial de la Salud (OMS), donde se señala que una de sus consecuencias es la afectación a todos los estratos de la sociedad y a todas las disciplinas y profesiones en el colectivo poblano.

Donde se agrega que el contrato obliga a los contratantes y debe ser puntualmente cumplido, ajustándose a la voluntad de las partes, pero siempre limitado materialmente por el caso fortuito o fuerza mayor.

Barbosa Huerta señala que ante una contingencia, las instituciones de educación privadas, deben colaborar con la sociedad, ya que si bien no se elimina la obligación del pago de los servicios, al estar denominada la contingencia como fuerza mayor, y las escuelas privadas, no pueden continuar otorgando las clases presenciales respectivas; es necesario reconsiderar y acordar una cuota reducida o una adecuación en el pago de colegiaturas sin intereses, para no perjudicar la economía de los padres de familia. [nota_relacionada id= 977328]

Por Claudia Espinoza

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