Las casas de bolsas serán las encargadas de revisar la documentación de las emisoras simplificadas y reportar su cumplimiento a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), de acuerdo con el proyecto de la Disposiciones Secundarias de la Ley del Mercado de Valores (LMV).
Actualmente, la CNBV es la encargada no solo de regular sino también de supervisar el cumplimiento de la reglamentación y leyes relacionadas con el mercado de valores por parte de las emisoras.
Con las reformas a la LMV y las Disposiciones de Carácter General Aplicables a las Emisoras Simplificadas y Valores Objeto de Inscripción Simplificada, se delimita la responsabilidad de los participantes:
Las emisoras serán responsables del contenido, exactitud, veracidad, oportunidad de la información y de los daños.
Las casas de bolsa tendrán la responsabilidad de revisar el expediente con la documentación base de la inscripción y el cumplimiento de los requisitos de la misma. Dichos intermediarios informarán a los inversionistas los riesgos asociados con los valores.
Por su parte, las bolsas de valores deberán revisar que la información cumpla con los requisitos establecidos en sus reglamentos internos y emitirán opinión favorable para el listado y para que la CNBV los inscriba en el registro simplificado, apuntó Jesús de la Fuente Rodríguez, presidente de la Comisión.
Refirió que su inscripción en el registro deberá quedar listo en un máximo de dos días, acortando los tiempos de hasta nueve meses que se tardan para el proceso.
PAL