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Cofece encuentra evidencia de colusión en autotransporte; aquí los detalles

Las empresas pueden presentar alegatos; habrían afectado el servicio en las regiones Centro, Centro-Sur, Sur-Sureste y en Tamaulipas

ECONOMÍA

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FOTO: Cuartoscuro Créditos: FOTO: Cuartoscuro

La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) informó este miércoles que encontró evidencia de que hay colusión en un segmento del negocio de autotransporte de pasajeros.

En comunicado, la Comisión emplazó a agentes económicos por una posible colusión, por lo que se inicia el procedimiento seguido en forma de juicio, en el cual las empresas podrán defenderse de las imputaciones que se hacen en su contra.

Estos acuerdos colusorios pueden ser aplicados por las empresas para fijar precios y segmentar rutas en el mercado del servicio de autotransporte terrestre de pasajeros, en este caso, en las regiones Centro, Centro-Sur, Sur-Sureste y el Estado de Tamaulipas.

El servicio de autotransporte terrestre facilita la conectividad de nuestro país e impacta positivamente en el desarrollo económico de otras actividades productivas, como es el turismo, destaca la comisión que encabeza Alejandra Palacios.

De acuerdo con el Estudio de competencia en el autotransporte federal de pasajeros realizado por la Cofece, este medio movilizó al 96 por ciento de los pasajeros en el país.

Las colusiones, definidas en la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE) como prácticas monopólicas absolutas, son acuerdos entre competidores que, en lugar de competir por la preferencia de los consumidores. 

La Comisión explica que con acuerdos las empresas pueden pactan para manipular precios, restringir o limitar la oferta o la demanda, dividirse mercados, concertar posturas en licitaciones, así como intercambiar información con alguno de los objetos o efectos anteriores.

A partir del emplazamiento de 18 empresas y 31 personas físicas que son señalados en el expediente IO-003-2017 por su probable responsabilidad en las conductas monopólicas referidas, estas podrán manifestar lo que a su derecho convenga y ofrecer pruebas para su defensa. 

Una vez realizadas estas manifestaciones, desahogadas las pruebas y presentados los alegatos correspondientes, el Pleno de la Cofece resolverá conforme a derecho.

De conformidad con la LFCE, las prácticas monopólicas absolutas pueden ser multadas hasta con el 10 por ciento de los ingresos de los agentes económicos sancionados. Adicionalmente, las personas físicas que las cometieron pueden enfrentar un procedimiento penal que conlleva sanciones de entre 5 y 10 años de prisión.  

Por Everardo Martínez