Profeco prohíbe venta de tres parrillas de gas de uso doméstico

Profeco prohíbe el uso de parrillas de la empresa Súper Flama porque incumplen las normas oficiales de etiquetado y seguridad

La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) prohibió la comercialización e inmovilizó tres modelos de parrillas de gas de uso doméstico, importadas de China por la empresa Súper Flama porque incumplen las normas oficiales de etiquetado y seguridad.

A través de un comunicado de prensa la Profeco informó que inició un procedimiento administrativo a la empresa importadora de las parrillas de gas para empotrar o sobreponer de uso doméstico con encendido electrónico marca Supra, en sus modelos 4Q-EA, 5Q-EC-N y 5Q-EA-T.

Las parrillas importadas por Súper Flama eran comercializadas en Home Depot México y Coppel.

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Detalló que muestras de los productos obtenidos durante operativos de verificación, fueron analizadas por el Laboratorio Nacional de Profeco, detectándose diversos puntos de incumplimiento de las normas en materia de etiquetado y seguridad.

Precisó que dicho análisis se hizo a raíz de la denuncia presentada el 3 de septiembre de 2019 por la Asociación Nacional de Fabricantes de Aparatos Domésticos (ANFAD), que argumentó que los modelos aludidos representan un peligro para la seguridad de los consumidores.

Producen monóxido de carbono

Lo anterior, según la denuncia, porque al utilizarlas producen monóxido de carbono que puede causar efectos nocivos en la salud. Además de que las parrillas podrían generar quemaduras a los consumidores al exceder los parámetros de calentamiento previstos por la normatividad respectiva.

La denuncia, que fue atendida mediante 3 visitas realizadas en 2019 los días 18 de septiembre, 11 de octubre y 11 de noviembre, tuvo como objeto verificar que dichas parrillas cumplieran con las normas oficiales mexicanas: NOM-024-SCFI-2013, NOM-003-SCFI-2014, NOM-010-SESH-2012 y NOM-025-ENER-2013.

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En el desahogo del proceso, la empresa Súper Flama, con domicilio en Tlalnepantla, Estado de México, solicitó la tercería (otro análisis) en el laboratorio All Kaisen & Lean., mismo que ratificó los incumplimientos detectados por el Laboratorio Nacional de Protección al Consumidor, por lo cual, en fechas 3 y 15 de julio de 2020, se emitieron acuerdos de inicio a procedimiento administrativo, prohibición de la comercialización e inmovilización de producto.

Por: Redacción Digital El Heraldo de México

dhfm

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