El Servicio de Administración Tributaria ha aclarado un punto que había generado controversia entre los contribuyentes, luego de la aprobación del Paquete Económico 2020; el pago del IVA en el rubro outsourcing.
Explicó que la retención del 6% a todo tipo de servicios por concepto de IVA sólo aplicará cuando el contribuyente obtenga servicios del personal de un tercero.
- TE PUEDE INTERESAR:
El SAT emitió esta aclaración a los contribuyentes; “los casos en los cuales es aplicable la retención, es cuando sean personas morales o físicas con actividades empresariales que reciban servicios a través de los cuales se pongan a disposición del contratante o de una parte relacionada con este personal que realice diversas funciones”.
[nota_relacionada id=817256]
Los nuevos términos obligan a las personas físicas y morales con actividad empresarial que reciban “servicios de subcontratación laboral en términos de la Ley Federal del Trabajo” a retener el IVA; es decir, en lugar que la empresa que ofrece el servicio retenga el IVA, como ocurre comúnmente, lo hará aquella que adquiera el servicio.
Los cambios a la ley
Las políticas antilavado de dinero aplicadas por el Gobierno federal se reflejaron en el artículo 1-A de la Ley del IVA, cuyo objetivo es combatir este delito en el outsourcing.
- TIENES QUE LEER:
En el Diario Oficial de la Federación se publicó la determinación de eliminar la alusión a los servicios de subcontratación laboral en términos de la Ley TF, ahora se refiere a servicios en los que se ponga personal a disposición del contratante.
[nota_relacionada id=817196]
Por redacción Digital El Heraldo de México
mypr