DISCULPE LAS MOLESTIAS

Cárceles llenas... y las víctimas ¿qué?

Lo que todavía debe evolucionar no es la aplicación misma de la justicia, sino el sentido que le damos

OPINIÓN

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Azul Alzaga / Disculpe las Molestias / Opinión El Heraldo de MéxicoCréditos: Especial

Cuando en 2008 se aprobó el Sistema Penal Acusatorio se sabía que uno de los retos más importantes a enfrentar sería el de modificar uno de los sesgos culturales más fuertes de la tradición inquisitiva que pone en el centro la sanción al transgresor, más que ninguna otra cosa. El ojo por ojo, que se traduce en la necesidad de un castigo a quien con sus acciones ofende o daña a un individuo o a la sociedad, hace que prevalezca la idea de que, frente a todo problema, la solución debe pasar por una sanción mayor.

No es injustificada la persistencia de esa inclinación colectiva, sobre todo en un país en el que la impunidad ha marcado su historia de justicia o, más bien, la falta de ella. No sorprende entonces, que salidas alternativas que involucren la conciliación entre las partes de un conflicto en el que existe una clara transgresión a la ley, sean leídas inmediatamente como una acción de impunidad: “como tiene dinero, puede pagar por su libertad”. Hemos visto esa lectura con el caso Lozoya ante la posibilidad de que exista un acuerdo monetario con el que pague los daños que ocasionó como funcionario (adicionalmente a su contribución en el esclarecimiento de una red de corrupción), también con el caso de Alonso Ancira, el de la youtuber Yoseline Hoffman y, más recientemente, también lo leímos con quienes sentenciaron que “Carlos Slim pagó para callar a las víctimas de la línea 12”.

Un aspecto que tienen en común estos casos, es el hecho de que, efectivamente, los imputables tienen dinero que en escenarios familiares, podrían usar para comprar a las instituciones de justicia. Pero ese no es el caso aquí y la clave está en el destino de ese dinero (que es sólo una de las formas de reparación). En la historia de la aplicación de la justicia, la víctima había sido un elemento de la ecuación que no existía. La idea de un acuerdo reparatorio, en cambio, la pone en el centro frente a un evento que la convirtió en eso, pero buscando que, en la medida de lo que es posible y dependiendo de la transgresión, no continúe siéndolo. En esta construcción, evidentemente tiene que estar involucrada la propia víctima como eje de la conciliación. Su aprobación sobre la capacidad de reparación de una acción concreta por parte de su victimario, es central. Sin ello, este esquema no prospera.

Salvo en el caso de Lozoya, en el que la parte afectada no ha aceptado el acuerdo, en el resto de los casos aludidos sí ha existido una clara participación y aceptación de la reparación del daño por parte de las víctimas. Quien da una lectura de impunidad en el resultado que implica la no continuación de la acción penal, elige no ver eso. En ese sentido parecería que, más que otra cosa, lo que todavía debe evolucionar no es la aplicación misma de la justicia, sino el sentido que le damos, en una lógica que continúa siendo cárceles llenas y víctimas con daños perpetuos.

POR AZUL ALZAGA

PERIODISTA

@AZULALZAGA

MAAZ