COLUMNA INVITADA

Movilidad y seguridad vial

Hay que definir claramente cuáles son los alcances del derecho a la movilidad, así como de sus condiciones

OPINIÓN

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Xóchitl Gálvez / Colaboradora / Opinión El Heraldo de MéxicoCréditos: Especial

Terminando el Decenio de Acción para la Seguridad Vial 2011-2020, auspiciado por la ONU, México aún se mantenía entre los primeros tres lugares de accidentes y fallecimientos por hechos de tránsito a nivel América Latina. Era urgente trabajar para evitar que la gente siga muriendo en las calles por insuficiente seguridad vial.

Mi gratitud y reconocimiento a las y los integrantes de organizaciones de la sociedad civil, especialistas y académicos y la ciudadanía en general, así como la colaboración de legisladoras y legisladores de ambas cámaras, por el gran esfuerzo desplegado para lograr reformas legales que permitan que en nuestro país se privilegie la vida y la integridad física por encima de los automotores.

El 18 de diciembre de 2020, se publicó la reforma constitucional para elevar la movilidad al rango de derecho fundamental y facultara al Congreso de la Unión para legislar una ley general que estableciera, además, la concurrencia de facultades entre la Federación, las entidades federativas, los municipios y las alcaldías de la Ciudad de México, en la materia. 

Para elaborar la Ley General se conformó un grupo de trabajo integrado por senadoras, senadores, diputadas y diputados de ambas cámaras, así como representantes de organizaciones de la sociedad civil, con la participación de las secretarías de Gobernación (SEGOB), de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (SEDATU), de Comunicaciones y Transportes (SCT), así como del Registro Público Vehicular (REPUVE), entre otras.

Como resultado de este trabajo presenté hace unos días la Iniciativa de Ley General de Movilidad y Seguridad Vial.

Esta propuesta incluye reformar y adicionar dos leyes ya vigentes: la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, y de la Ley de Coordinación Fiscal.

En la iniciativa se define claramente cuáles son los alcances del derecho a la movilidad, así como de sus condiciones, es decir, la seguridad vial, la accesibilidad, la eficiencia, la sostenibilidad, la calidad, la inclusión y la igualdad.

Asimismo, se detallan los derechos de los distintos usuarios de las vías, incluyendo un capítulo de derechos de las víctimas de hechos de tránsito.

Se crea el Programa Nacional de Movilidad y Seguridad Vial el Sistema Nacional de Movilidad y Seguridad Vial, con un Consejo Consultivo formado por personas de la sociedad civil, con una Agencia Nacional para implementar los acuerdos, normas y disposiciones y se define la concurrencia estatal, municipal y demarcaciones territoriales. 

En suma, la iniciativa que presenté busca construir una ley eficaz que abra la puerta para que en México alcancemos una regulación nacional lo más homogénea posible, impulsando el uso de los medios de transporte no motorizados, la transición energética en la movilidad, la construcción de zonas de cero emisiones, así como la innovación tecnológica, como presupuestos para el sistema de movilidad del futuro.

Además, la ley podrá contribuir a que México, ahora sí, orgullosamente ocupe los últimos lugares en las estadísticas de víctimas por hechos de tránsito.

Sin duda, un hecho que celebrar.

POR XÓCHITL GÁLVEZ
SENADORA DEL PAN
@XOCHITLGALVEZ

dza