COLUMNA INVITADA

La sobrerrepresentación legislativa rumbo al proceso electoral 2021

El INE acordó delimitar las reglas de la sobrerrepresentación. Morena impugnará ante el TEPJF

OPINIÓN

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Hilda Nucci / Columna Invitada / Opinión El Heraldo de México Créditos: Especial

La sobrerrepresentación legislativa significa que, un partido político obtiene en función de determinados mecanismos electorales un porcentaje superior de curules al porcentaje de votos obtenidos o permitidos por la ley.

En la reforma electoral de 1996 se incorporaron las reglas para la sobrerrepresentación legislativa. En el artículo 54 constitucional se estableció que ningún partido político puede obtener un porcentaje total de curules mayor al 8%, pero sí se les permitió estar sobrerrepresentados en ese porcentaje. De tal forma, que no se evita que un partido político pueda llegar a obtener la mayoría absoluta, siempre y cuando obtenga el 42% de la votación.

La razón de esta reforma fue garantizar el acceso al Congreso de la Unión de fuerzas políticas minoritarias. Pero este principio no siempre se ha respetado, a través de las coaliciones los partidos políticos han rebasado los límites señalados y han obtenido un porcentaje mayor de curules que de votos. Por ejemplo, en el año 2000 se favoreció al PAN permitiendo la alternancia en el poder, en los comicios de 2015 se benefició al PRI y en las elecciones de 2018 a Morena.

Frente al proceso electoral 2021, el INE acordó delimitar las reglas de la sobrerrepresentación respetando el porcentaje de 8%, pero verificando cuál es la afiliación efectiva de cada candidato triunfador al momento del registro de su candidatura. Por lo que, el triunfo de los legisladores plurinominales se contabilizará conforme a la bancada a la que pertenecen o pertenecieron al momento del registro de la candidatura y no por la coalición a la que pertenecen.

Esta decisión será impugnada por Morena ante la Sala Superior del Tribunal Electoral, toda vez que dicho partido político considera se acordó para que ellos no obtengan la mayoría en las siguientes elecciones.

Al respecto, es preciso aclarar que la función de la sobrerrepresentación debería ser el equilibrar las fuerzas políticas, pero hoy día la mayoría de Morena en el Congreso no corresponde a una mayoría real del electorado, es decir no hay una relación directa entre los votos y los curules asignados, lo que genera una distorsión de la representación e inequidad entre los partidos políticos y los ciudadanos.

Esta fórmula se cuestiona de forma subjetiva, cuando no se beneficia a un partido político en particular, por lo que sería mejor que se replantease su razón de ser a través de una reforma que beneficie a todos los actores políticos por igual.

Pero por ahora bastará con preguntarnos si lo que realmente se busca con esta decisión por parte del INE, es respetar la Constitución o en el fondo evitar que regresemos a la época del presidencialismo priista con distinto protagonista.

Lo cierto es que en una democracia la sobrerrepresentación refleja el pluralismo político, otorga igualdad política y genera los contrapesos eficaces que avalan la voluntad de la ciudadanía y la gobernabilidad del Estado.

POR HILDA NUCCI
COLABORADORA
@HILNUCCI

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