COLABORADOR

La libre expresión y de prensa. Sus límites

El antecedente más antiguo que nuestra legislación registra sobre la manifestación de las ideas se consagró en el Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana en 1814

OPINIÓN

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Ricardo Peralta/ Colaborador/ Opinión El Heraldo de MéxicoCréditos: Especial

El antecedente más antiguo que nuestra legislación registra sobre la manifestación de las ideas se consagró en el Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana en 1814, este derecho se consagró en nuestra Constitución hasta 1857, el texto actual, con diversas modificaciones, se conserva en lo básico desde 1917.

Influenciar en la vida social a través del pensamiento y manifestación de las ideas es un derecho humano que se contempla en prácticamente todas las constituciones del mundo.

El primer texto conocido otorgaba la libertad de hablar, discurrir, y de manifestar sus opiniones por medio de la imprenta, y señalaba que no debía prohibirse a ningún ciudadano ese derecho. “…A menos que sus producciones ataquen el dogma, turbe la tranquilidad pública u ofenda el honor de los ciudadanos…”

Fueron 14 modificaciones legislativas, desde la colonia hasta la independencia y revolución, que después de 93 años se concretara el texto actual. Estamos hablando del artículo 6 de nuestra Constitución, que en términos generales regula todo lo relacionado al acceso a la información, datos personales y los procesos generales con las telecomunicaciones, ha sido un paso gigantesco en su origen primigenio con la evolución de este derecho que debe seguir garantizándose.

Sobre la libertad de prensa, se emitió en 1810 el Decreto sobre la Libertad Política de la Imprenta, como primer antecedente, pasando por 30 modificaciones durante 116 años hasta su evolución al texto vigente del artículo 7 de nuestra Constitución.

Este artículo, obliga al Estado a garantizar la libertad de difundir opiniones, información e ideas, a través de cualquier medio. Evitar la censura.

La capacidad de razonar distingue al ser humano del resto de los animales; en la ejecución de estos derechos, el común denominador que se percibe es precisamente la intelectualidad; la creación de un texto exhibe al autor. Su interés político, social o económico de difusión, si sólo se tratara orgánicamente de ello, la intención de dañar también se entiende cada vez más.

Esa es la naturaleza lógica jurídica que le dio vida a estos derechos al pasar los años en la  legislación nacional y extranjera. Incluso prácticamente se derogaron de toda norma punitiva en nuestro país, las conductas delictivas de calumnia y difamación para evitar soslayar el derecho a la libre manifestación de las ideas y de prensa. Es decir, un enfrentamiento entre la libertad de expresión versus los delitos contra el honor, estos últimos, desterrados de la legislación penal, en pos de los derechos humanos.

Qué hacer contra los líbelos infamatorios, calumniosos que causan infodemia y desprestigian a los señalados, quedan los procedimientos civiles por daño moral, donde se mercantiliza el honor y se tabula ese principio muy cercano al prestigio social. Se monetizó la afectación a la fama pública y se eliminó cualquier persecución penal.

También se extinguió la censura que antes era legal, hubo en nuestro pasado, hasta una Junta Suprema de Censura que filtraba que podía o no publicitarse públicamente.

La obligación ética de los autores de información debe recobrarse antes de que las legislaciones coercitivas tengan un retroceso que fuerce a redimirles.

El reto es democratizar el derecho a la información, hacerlo más público, transparente y de fácil acceso a toda la población. También los mecanismos para garantizar que no se pervierta al grado de extorsión, difamación o calumnia, la información falsa es terrorismo.

La historia de la legislación nacional tiene un vasto antecedente de diversas luchas sociales, transformaciones profundas que han hecho cambiar la  percepción de nuestro país. En un ánimo de coadyuvar a la pacificación de la nación, se debe contribuir desde la base de alentar a la reconciliación y al fomento de la verdad y al honor.

POR RICARDO PERALTA
COLABORADOR
@RICAR_PERALTA

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