Las desigualdades que viven las mujeres al ejercer sus derechos político-electorales se deben, en gran medida, a los roles y estereotipos de género que históricamente las han colocado fuera del espacio político; al ejercer estos derechos, se enfrentan a actos de discriminación por estar en un lugar en el que se supone no deberían estar. En México, la violencia por motivos de género es el principal obstáculo que afrontan las mujeres al participar en el ámbito político, ya que esta violencia se manifiesta de diversas formas y en cualquier espacio: al interior de los partidos políticos, al hacer campaña e incluso en el ejercicio de un cargo público.
Hasta hace poco no había leyes en la materia ni existía una definición de este tipo de violencia; por ello, en 2017, se emitió el Protocolo para la Atención de la Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, que se convirtió en un instrumento indispensable para enfrentar estos casos y permitió conceptualizar la violencia política contra las mujeres por razón de género (VPvsMxRG) como: “Todas aquellas acciones u omisiones de personas, servidoras o servidores públicos que se dirigen a una mujer por ser mujer, tienen un impacto diferenciado en ellas o les afectan desproporcionadamente, con el objeto o resultado de menoscabar o anular sus derechos político-electorales, incluyendo el ejercicio del cargo”.
En este contexto, resulta importante la aprobación de las reformas a las leyes generales de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; de Instituciones y Procedimientos Electorales; del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral; de Partidos Políticos; y en Materia de Delitos Electorales; las leyes orgánicas de la Fiscalía General de la República y del Poder Judicial de la Federación y la Ley General de Responsabilidades Administrativas, el pasado 18 de marzo. Con ello, la VPvsMxRG se tipificó como delito e infracción administrativa, se determinaron las conductas que la actualizan y se establecieron las sanciones, medidas de protección y reparación para la atención de estos casos. Adicionalmente se delimitaron las competencias del TEPJF, el INE, los OPL y los Tribunales Electorales locales en la materia y se creó la Comisión Permanente de Igualdad de Género y No Discriminación en el INE.
Estamos en espera de la publicación de estas reformas en el Diario Oficial de la Federación, lo cual será un paso fundamental para garantizar el ejercicio de los derechos políticos de las mujeres en condiciones de igualdad y libres de violencia. Su implementación requerirá del trabajo coordinado de las autoridades para atender las denuncias que se presenten y para dotar a las actoras políticas de las herramientas que les permitan reconocer y denunciar este tipo de violencia en su contra, así, su registro permitirá visibilizar este grave problema y su sanción significará justicia para las mujeres.
[nota_relacionada id=929715 ]POR DANIA PAOLA RAVEL
CONSEJERA ELECTORAL
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