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El Poder Judicial y la Ley Natural

Cumplir la ley, para proteger nuestro medio ambiente, y no para detener su aprovechamiento sustentable. Para hacer y no para deshacer

OPINIÓN

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Tomás de Aquino definió como Ley Natural, “la participación de la ley eterna en la criatura racional”. La ley natural es previa al hombre, universal e inmutable, es anterior a cualquier sistema jurídico y éste por vocación, debe ceñirse a la misma para confirmar su validez.

Esta fascinante concepción de la “Ley Natural” que ha sido, además, un fundamento para criterios jurídicos de nueva generación en materia de derechos humanos, como la jurisdicción universal; el combate a crímenes de lesa humanidad; o el derecho humanitario, debe servir también para darle contenido, a la que debe ser la más trascendental de nuestras normas, la más “natural” de nuestras leyes: la ambiental. La más importante de nuestras regulaciones, la única que, de soslayarse, habrá de limitar poco a poco nuestras capacidades para habitar el mundo, el único habitable.

Hoy que existen debates públicos que pretenden discutir la importancia que tiene la realización de ciertos trámites soportados por la legislación ambiental, habrá que concluir que éstos, en cualquier obra o actividad regulada, deben ser la prioridad, deben ser, “lo natural”.

Poco a poco nuestros tribunales entienden que la regulación ambiental, y el estricto cumplimiento de las obligaciones que en esta materia impone la ley, es lo natural. Se vuelve más común la determinación judicial que concluye la imposibilidad legal de continuar una obra, si ésta se encuentra regulada por la legislación ambiental y no ha cumplido con la misma.

El poder judicial está logrando el estudio de nuestra realidad ambiental, pero también de nuestras necesidades de inversión sustentable; encuentra contribuyendo a la consolidación de políticas encaminadas al cuidado y protección de nuestro ambiente, buscando que se cumpla la regulación, sin que pueda considerarse una restricción al desarrollo. La premisa es simple, cumple primero y desarrolla después.

Si analizamos a fondo, una posición firme del poder judicial en materia ambiental implica la acción de un poder de la unión para vigilar el cumplimiento de la ley, pero para promover la inversión responsable. Promover un desarrollo sostenible, incentivar inversiones con sentido ecológico, y garantizar la certeza jurídica en nuestra legislación ambiental.

En un país con tantas desigualdades como el nuestro, no solo es deseable, sino necesaria la inversión. La bandera ecologista debe usarse con responsabilidad, no para impedir, sino para exigir cumplir con la ley. Y una vez cumplida, garantizar que se pueda seguir adelante en beneficio de todos, con las obras y actividades que ya observaron la ley. Cumplir la ley, para proteger nuestro medio ambiente, y no para detener su aprovechamiento sustentable. Para hacer y no para deshacer.

Quien cumple la legislación ambiental, debe tener garantías de solidez y certeza en sus proyectos, pero quien no lo haga debe entender que nuestro sistema legal permite que en materia ambiental cualquiera pueda acudir al poder judicial a exigir su derecho a un medio ambiente sano, y la ejecución apropiada de nuestras normas. Eso es Ley Natural.

POR MANUEL MERCADO BÉJAR 

COLABORADOR 

@MANUELMERCADOB