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Nuestra Constitución

OPINIÓN

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Las luchas históricas que han incidido en la evolución y la expansión de los derechos humanos en sus distintas vertientes, tienen notables episodios. Tal ha sido el caso de la Revolución Francesa de 1789, que formuló la Declaración de los Derechos del Hombre y el Ciudadano, como documento que ha servido de modelo e inspiración para la positivización de los derechos humanos en diversos contextos durante más de dos siglos, y la independencia de las colonias inglesas de Norteamérica, que dio lugar al Bill of Rights (1791). Otro hecho señero en este mismo camino ha sido nuestra Constitución de 1917, que al recoger una serie de principios enarbolados en la Revolución Mexicana, decantó todo un siglo de evolución del constitucionalismo en México (Sentimientos de la Nación, Constitución de 1824, las Bases Orgánicas de 1843, el Acta Constitutiva de 1847 y Constitución de 1857), generando un documento que reflejó un arreglo político por el que se construiría un nuevo país para el siglo XX y ahora el XXI. Dicho pacto social renovado, sustentado originalmente en el reconocimiento de las garantías individuales, daría lugar a una constitución inédita en su época. Este documento incluyó también un conjunto de derechos sociales que ninguna otra nación en el mundo había plasmado hasta entonces en sus ordenamientos constitucionales. Así, la aportación de la Constitución de 1917 no se agota en el ámbito nacional, ya que a través del genio y la sensibilidad de los diputados constituyentes, impulsó una nueva idea de constitucionalismo en el plano universal. Hoy, a más de un siglo de promulgada la Carta del 17, es plenamente aceptada la idea de la interdependencia entre los derechos individuales y los derechos sociales, en una lógica donde se asume que las condiciones materiales de vida son elementos sustanciales para la libertad de las personas. En vísperas de un nuevo aniversario de nuestra Constitución, siempre es válido reconocer y aquilatar el legado de una generación brillante de legisladores, quienes fincaron las bases de un país de derechos y libertades, instituyendo las garantías jurídicas que los ampararan, así como la posibilidad de crear las instituciones estatales para su cobertura. La Constitución de 1917 en la actualidad refrenda su papel como guía de nuestro desarrollo político, económico y social. Como pacto social y hecho fundacional del Estado mexicano moderno, tiene el vigor y el estatuto de ideario para aportar claridad sobre las mejores vías para superar problemáticas, pero especialmente para afianzar una idea de convivencia sustentada en la dignidad del ser humano. En los principios constitucionales yacen los anhelos históricos de un país, de generaciones enteras de mexicanos, los cuales representan los referentes fundamentales para consolidar instituciones y leyes, así como políticas públicas, que sirvan a la progresión y vigencia de los derechos humanos.  

Autor en temas de derechos humanos