Inclusión y capacidad

Uno de los principales pendientes en la agenda de protección de derechos humanos en México consiste en adecuar la normativa nacional a las investigaciones actuales y pautas internacionales sobre el tema de discapacidad, buscando lograr la plena inclusión de las personas con discapacidad en los distintos ámbitos sociales. En un primer punto, debe señalarse que el modelo médico, con el cual se suele abordar la problemática, ha sido superado.

El enfoque más reciente, el social, consiste en ver a la discapacidad no como una enfermedad, sino como condición. Su base filosófica se sustenta en que el distanciamiento con la normalidad estadística no puede ser considerado como algo que deba ser curado.

En este contexto, se debe prestar atención a la visibilización de las necesidades de las personas con discapacidad.

En gran medida, la discriminación parte de una falta de consciencia sobre las diferentes características y necesidades de las personas con alguna discapacidad, lo que generalmente lleva a la incomprensión e intolerancia. Así, es menester atender este asunto, no buscando la “igualdad”, sino el derecho a ser diferente.

Sobre este punto, el artículo 3 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad señala como “el respeto por la diferencia y la aceptación de las personas con discapacidad como parte de la diversidad y la condición humanas”, sin embargo, tal pretensión parece no influir en el contenido de las normas en el sistema jurídico mexicano. Parte de este problema reside en que la legislación está marcadamente enfocada en discapacidades físicas, ya sean de carácter motriz o sensorial, que apenas son una parte del espectro amplio de la discapacidad, compuesto además por las esferas social, cognitiva y psicosocial.

Cada tipo de discapacidad requiere consideraciones específicas, pero las normas vigentes, apenas se limitan a reconocer algunos derechos relacionados con la accesibilidad, cuyo campo de acción se da en el plano de quienes tienen alguna discapacidad de tipo físico.

Es de especial importancia la figura de los ajustes razonables, que refiere a las acciones aplicadas por el Estado para que la gente con discapacidad pueda superar diversas barreras con las que se enfrentan. Un ejemplo de estas herramientas lo constituyen las medidas para evitar ambientes generadores de ansiedad, que permiten un desenvolvimiento adecuado de las personas con discapacidades de tipo psicosocial.

El punto de partida para propiciar estos cambios consiste en apoyar a los distintos organismos que existen con el objetivo de proteger los derechos de este sector social. En particular, destaca el Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad (Conadis) que fue creado para generar políticas públicas transversales en este tema; sin embargo, a la fecha no ha sido designada la persona titular de dicha instancia.

Por último, es importante mencionar que la tarea de sensibilizar, visibilizar e incluir a quienes tienen algún tipo de discapacidad no es sólo del Estado, sino de la sociedad en general.

POR ARMANDO HERNÁNDEZ CRUZ

MAGISTRADO DEL TRIBUNAL ELECTORAL DE LA CDMX

@DRARMANDOHDZ

eadp