El precio de equilibrio es el que iguala oferta y demanda, de tal manera que, a tal precio, no hay ni escasez ni sobreoferta. Al precio de equilibrio los consumidores pueden comprar toda la cantidad que demandan y los productores pueden vender toda la cantidad que ofrecen. Al precio de equilibrio no hay, ni demandantes insatisfechos que no pudieron comprar porque no encontraron oferta, ni oferentes descontentos incapaces de vender porque no hallaron demanda.
Cuando el gobierno impone precios máximos, por debajo del precio de equilibrio, lo hace con la intención de ayudar a los demandantes, quienes tienen el interés de que su ingreso les alcance, por lo menos, para satisfacer sus necesidades básicas.
Cuando el gobierno impone precios mínimos, por arriba del precio de equilibrio, lo hace con el objetivo de ayudar a los oferentes, cuyo interés es vender a un precio que les permita, por lo menos, recuperar sus costos de producción.
Obviamente no puede imponerse al mismo bien, al mismo tiempo, un precio máximo, con la intención de beneficiar a sus demandantes, y un precio mínimo, con el propósito de favorecer a sus oferentes. Si se impone u3123n precio máximo, que genera escasez, se beneficia a algunos demandantes (los que lograron comprar) y se perjudica a algunos oferentes (a los que no recuperan su costo de producción). Por el contrario, si se impone un precio mínimo se beneficia a algunos oferentes (los que consiguieron vender) y se perjudica a algunos demandantes (a los que no les alcanza el ingreso).
Lo que sí puede hacerse es imponer un precio mínimo a un producto X y un precio máximo a un producto Y producido con el bien X, por ejemplo: maíz y tortilla. Con la intención de beneficiar a los oferentes de maíz, a quienes les conviene vender al mayor precio posible, el gobierno puede imponer un precio mínimo, por arriba del de equilibrio. Con el fin de beneficiar a los demandantes de tortillas, a quienes les conviene comprar al menor precio posible, el gobierno puede imponer un precio máximo, por arriba del de equilibrio. Así las cosas, todos quedarían contentos. ¿De veras?
En el caso anterior consideramos solamente una de las caras de la moneda. En el caso del maíz la del oferente, pero no la del demandante. En el caso de la tortilla la del demandante, pero no la del oferente. El precio mínimo pretende beneficiar a los oferentes de maíz, pero perjudica a los demandantes y, por ello, termina perjudicando a algunos oferentes. El precio máximo pretende beneficiar a los demandantes de maíz, pero perjudica a los oferentes y, por ello, termina perjudicando a algunos demandantes.
Las reflexiones anteriores vienen a cuento porque miembros de la coalición Juntos Haremos Historia (Morena, PT, PES) han propuesto tanto precios máximos como mínimos, lo cual sería un error, que debe evitarse.
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