José Encarnación Alfaro: Propuestas, no ocurrencias

Al doctor en Derecho Miguel Ángel Mancera le vendría bien repasar sus apuntes de Derecho Constitucional; toda vez que a su interés por lograr el cobijo del fuero como senador de la República por el Partido Acción Nacional, con una interpretación torcida de la limitación constitucional para poder postularse como candidato en el periodo de su ejercicio como jefe de gobierno de la Ciudad de México (artículos 55 y 58 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos), Miguel Ángel Mancera le suma su gris papel como promotor de una propuesta de gobierno de coalición que raya en la ocurrencia, al evidenciar su absoluto desconocimiento de lo que significa un gobierno de coalición en la República en el contexto de las disposiciones de los artículos 89 fracción XVII y el correlativo 76 fracción II de la Constitución Política del país.   La propuesta del frente electoral que encabeza Ricardo Anaya, y que promueve como vocero del mismo Miguel Ángel Mancera, presenta un proyecto en el que se confunde el programa de una coalición electoral con lo que debe ser un gobierno de coalición; toda vez que su propuesta-ocurrencia sólo contempla la forma en que los partidos coligados electoralmente se repartirían el gabinete del Poder Ejecutivo (como si fuera un botín de guerra) en caso de ganar la elección y hacen caso omiso de la consideración a la integración del Poder Legislativo que arroje el resultado del proceso electoral.   Parece ser que Ricardo Anaya y Miguel Angel Mancera ignoran lo que significa el establecimiento de un gobierno de coalición en un régimen presidencialista como el de nuestro país, con división de poderes y un sistema democrático en el que participan una pluralidad de partidos políticos.   Su propuesta-ocurrencia pasa por alto que el objetivo central de un gobierno de coalición es el de garantizar una mayoría estable en el Poder Legislativo con la suma de los legisladores de los partidos políticos con representación en el Congreso, que acepten suscribir gobierno de coalición, con el propósito de otorgarle al Poder Ejecutivo la seguridad de que su programa de gobierno tendrá el apoyo legislativo y presupuestal necesario para su implementación.   Olvida Miguel Ángel Mancera que en la Constitución Política de la Ciudad de México (cuyo proyecto él elaboró) el Gobierno de Coalición se inscribe en las disposiciones del artículo 34, denominado “Relación entre los poderes Ejecutivo y Legislativo” y dispone que “La persona titular de la Jefatura de Gobierno podrá optar, en cualquier momento, por conformar un gobierno de coalición con uno o varios de los partidos políticos representados en el Congreso de la Ciudad, de acuerdo a lo establecido por la ley, a fin de garantizar mayorías en la toma de decisiones de gobierno, así como la gobernabilidad democrática”.   Pero, ¿será que le entiende?