Hoy conmemoramos el 101 aniversario de la Constitución. Diversas voces se han alzado para adjetivar el texto de obsoleto e insuficiente para atender las necesidades de nuestro tiempo; otras consideran que sufre un significativo desgaste y que es incongruente en muchas de sus disposiciones debido a las numerosas adecuaciones que ha tenido. No obstante, lo cierto es que la Constitución de 1917 abrió la puerta al reconocimiento de unos derechos que progresivamente se ampliaron. Entre los que se han incorporado están: la declaración de la composición pluricultural de la nación y la enumeración de los derechos de los pueblos indígenas; a la educación de “calidad”; a la alimentación “nutritiva, suficiente y de calidad”; a una “vivienda digna y decorosa”; a la protección de la salud; al agua; el acceso a la cultura; de seguridad social, derechos laborales y los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales.
Se ha dado una protección reforzada a los grupos de mayor vulnerabilidad: mujeres, niñas, niños y jóvenes, familias, personas mayores, migrantes, víctimas del delito, personas con discapacidad, personas con VIH/Sida, diversidad sexual, pueblos indígenas, periodistas y defensores civiles, personas en reclusión.
En 1990, se creó la Comisión Nacional de los Derechos Humanos como la encargada de la protección, observancia, promoción, estudio y divulgación de los derechos fundamentales; en 1992 se elevó a rango constitucional y se estableció el mandato de crear el sistema no-jurisdiccional de defensa y protección.
La Constitución adquirió vitalidad con la reforma de junio de 2011, que representó un cambio de perspectiva en la concepción, interpretación, argumentación y aplicación de los derechos fundamentales. Se impuso la obligación a todas las autoridades de respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. La premisa es que la persona se convierta en el objetivo primero de toda la actuación del Estado. Se estableció un bloque de derechos: los del propio cuerpo constitucional; además, los de fuente internacional contenidos en los tratados que México haya suscrito, en el contexto de la cláusula de interpretación conforme y el principio pro persona como fundamento básico en la definición de las normas relativas a derechos humanos.
Sin menoscabo de todos los avances en materia de derechos humanos, en el contexto prevaleciente contrasta la brecha que existe entre el texto de la Constitución y su eficacia auténtica en la vida individual y social, en tanto muchas mexicanas y mexicanos viven en condiciones de precariedad. Además, se requiere revertir las prácticas atroces que indignan nuestra conciencia, como la desaparición forzada, la tortura, tratos crueles, inhumanos o degradantes. El aniversario de hoy convoca a reflexionar sobre sus alcances, a materializarla, a vivirla y a exigir su cumplimiento. En el próximo ejercicio democrático, debemos demandar a los actores políticos que, con independencia de su ideología, asuman en su agenda los derechos humanos como prioridad y a la ciudadanía que antes de votar se informe y conozca quién se compromete a respetar los derechos humanos y la dignidad de las personas.
PRESIDENTE DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS