SAN LUIS POTOSÍ

SCJN declara inconstitucional decreto del Congreso de SLP por no consultar a personas con discapacidad

Deberá contratarse a una empresa que realice este estudio de opinión

NACIONAL

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Deberán realizar una consulta que incluya a este sector de la poblaciónCréditos: Especial

La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional el Decreto 1155 promulgado el 13 de abril del 2021 que reformaba la Ley de Salud Mental de San Luis Potosí al adicionar el Artículo 4 BIS del Capítulo De la Familia de los Usuarios.

Dicha acción de inconstitucionalidad fue promovida por la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) y avalada por el máximo tribunal de la nación por no haber consultado a la población objetivo, ya que está considerada dentro del catálogo de personas con discapacidad.

La resolución  por parte de la Corte fue notificada mediante el oficio 5234/2022 de la Sección de Trámites de Controversias Constitucionales y Acciones de Inconstitucionalidad y recibida por el Congreso del Estado el pasado 28 de junio y turnada a la Coordinación de Asuntos Jurídicos. 

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Durante la sesión de comisiones unidas de Salud y Asistencia Social, y la de Derechos Humanos de esta mañana, se acordó solicitar a la Junta de Coordinación Política (Jucopo) recursos para contratar a una entidad que elabore la metodolgía para llevar a cabo la consulta, donde propusieron que pudiera ser la Universidad Autónoma de San Luis Potosí (UASLP) o el Colegio de San Luis (Colsan).

También acordaron contestar de inmediato esta acción a la Corte para evitar ser sancionados, ya que, aunque tienen 12 meses para realizar el ejercicio, tienen hasta el 12 de julio para contestar la notificación.

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