La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la disposición de la Constitución de Veracruz que establecía el derecho a la vida desde la concepción.
El ministro ponente Javier Laynez Potisek destacó que el segundo párrafo del artículo cuarto de la Carta Magna estatal establece que se garantizará ese derecho por encima de otros.
“Establece literal y expresamente una prioridad del derecho a la vida frente a los otros derechos, ya que señala que el Estado garantizará el derecho a la vida del ser humano desde el momento de la concepción hasta la muerte como valor primordial que sustenta el ejercicio de los demás derechos.
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“Es decir, aquí no se limitó a hacer una protección o a pretender una protección más amplia desde la concepción, sino la estableció como valor primordial y como sustento de los derechos, lo que, evidentemente, se opone a derechos fundamentales de la mujer, como sería el derecho a decidir”, indicó Laynez.
La semana pasada, el máximo tribunal también eliminó de la Constitución de Nuevo León el derecho a la vida desde la concepción, por vulnerar los derechos de las mujeres y personas gestantes a la autonomía reproductiva.
Esta decisión ocasionó a la Corte críticas de la Iglesia católica que calificó como “miope” la justicia que se impartió en ese asunto y en otro sobre aborto por violación a menores de edad sin la autorización de sus padres.
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