Una vez que el pleno del Congreso de Jalisco aprobara la nueva Ley de Movilidad, Seguridad Vial y Transporte del Estado se homologaron e integraron temas respecto al tema de movilidad con los cuales, además de establecer nuevas multas para motociclistas y conductores, se busca dar un mayor orden y permitir que las personas puedan transitar con más seguridad cuando hagan uso de la vía pública.
Al menos así lo aseguró la presidenta de la Comisión de movilidad del Congreso local, Mónica Magaña Mendoza quien descartó que la legislación aprobada se trate de una Ley recaudatoria, como se les ha cuestionado a los legisladores locales, ya que las infracciones que registraron un incremento son aquellas que ponen en riesgo la vida de los conductores y las demás personas que hace uso de las vialidades.
Por lo que con esta nueva Ley de Movilidad, Seguridad Vial y Transporte del Estado de Jalisco también se dieron a conocer las nuevas multas que van destinadas a sancionar a aquellos motociclistas y conductores que no la respeten y la pasen por alto.
Nuevas multas vigentes para motociclistas y conductores
- No respetar el derecho para el paso de peatones o invadir los accesos o zonas peatonales: 962 y mil 443 pesos.
- Personas motociclistas que no respeten su carril de circulación (o que circulen por pasos a desnivel o puentes donde esté expresamente prohibida su circulación): 481 y 962 pesos.
- Para transportar una persona menor de 12 años de edad en los asientos delanteros (salvo los vehículos que no cuenten con asientos traseros), deberán hacerlo en asientos de seguridad o asientos elevados, de lo contrario podrían alcanzar una multa de entre mil 443 y dos mil 405 pesos.
- Motociclistas que lleven como acompañante a un menor de edad y que no puede sujetarse por sus propios medios, será sancionado con una multa de entre mil 924 y cinco mil 772 pesos.
- Prohibido hablar por teléfono celular o cualquier otro dispositivo electrónico o de comunicación al conducir: la sanción va de los mil 443 a dos mil 405 pesos.
- Aquellos que participen en arrancones, carreras clandestinas, acrobacias, maniobras riesgosas o temerarias que pongan en riesgo su vida, de quién lo realiza y de todos los sujetos activos de la movilidad: multa de entre cuatro mil 811 pesos y 19 mil 244.
- Exceder la velocidad de 11 hasta 20 km/h y que sean detectadas mediante foto infracción u otro dispositivo de control automatizado: de 962 a dos mil 886 pesos de multa.
- Exceder la velocidad más de 20 km/h y que sean detectadas mediante foto infracción u otro dispositivo de control automatizado: sanción de mil 244 a dos mil 886 pesos.
- Carriles compartidos: con la finalidad de asegurar una integración segura y eficiente entre los distintos medios de transporte, los carriles compartidos buscan dar preferencia a movilidad de transporte público, colectivo, de emergencias y no motorizado lo cual es congruente con principios de seguridad sustentabilidad y accesibilidad. De no respetarlo serán multados con una pena de mil 443 a dos mil 405 pesos.
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