CENTRO FEDERAL DE CONCILIACIÓN  Y REGISTRO LABORAL

Contratos colectivos de trabajo se harán públicos

El Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral precisó que la difusión abarca los contratos que estén legitimados o no por la base trabajadora

NACIONAL

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El CFCRL tiene la labor de verificar que se cumpla el procedimiento de consulta por parte de los trabajadores. Foto: ArchivoCréditos: Foto: Archivo

Todos los contratos colectivos de trabajo se harán públicos como parte del nuevo modelo laboral, informó el Centro Federal de Conciliación  y Registro Laboral (CFCRL).

El organismo precisó que la difusión abarca los contratos que estén legitimados o no por la base trabajadora y se garantizará la secrecía del voto de sus integrantes.

“Estamos revisando los archivos de digitalización que nos han brindado las juntas para tenerlos en nuestras plataformas y que todos los trabajadores lo puedan conocer”, dijo Alfredo Domínguez Marrufo, director general del CFCRL.

“Sea un contrato de protección o no tendrá que ser publicado de manera transparente, lo que no podemos decir es el sentido del voto de cada uno de los trabajadores, eso no puede ser, pero si los resultados de una votación que da lugar a su legitimación o no “, añadió a través de un comunicado.

Al participar en una Reunión de Trabajo del Observatorio Ciudadano de la Reforma Laboral (OCRL), Domínguez Marrufo también se refirió a las dificultades relacionadas con la epidemia de COVID-19.

Debido a la emergencia sanitaria existen reportes de que no se realizaron adecuaciones a estatutos, cambios de directivas, actualización de padrones, entre otros trámites a los cuales se empezó a dar respuesta de manera ordenada.

Al respecto el Centro Federal de Conciliación  y Registro Laboral (CFCRL) tiene facultades para apoyar en los procesos registrales sin intervenir en las decisiones de los sindicatos, agregó el titular de dicho centro.

En este caso, la labor del organismo es verificar que se cumpla el procedimiento de consulta, como que los trabajadores tengan tres días antes de manera física el contrato colectivo de trabajo (CCT); que la consulta se haya realizado en un espacio seguro; que no exista coacción por parte del patrón, o personas ajenas y que se haya garantizado el voto personal, libre, directo y secreto.

Alfredo Domínguez comentó que las alianzas, acuerdos o pactos sindicales entre organizaciones puede realizarse siempre y cuando el CCT haya sido sometido a consideración de la base trabajadora. 

Por Gerardo Suárez

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