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Aprueba INE cambiar fecha de revocación de mandato

Será del 27 de marzo al 10 de abril de 2022 cuando se realice

NACIONAL

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El cambio obedece en parte a la sentencia de la Sala Superior del TEPJF.Créditos: Foto: Archivo / CUARTOSCURO

Por unanimidad, el Consejo General del INE aprobó la modificación de la fecha de revocación de mandato del presidente Andrés Manuel López Obrador, del 27 de marzo al 10 de abril de 2022, debido al tiempo que requerirá el órgano electoral para revisar 2 millones 758 mil firmas en papel, luego de la sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).   

Las modificaciones en el calendario implican que la recolección de firmas concluirá el 25 de diciembre y no el 15 como se tenía pensado, con ello, se dan 10 días adicionales para que los formatos físicos de cada entidad puedan ser recolectados.

Al tratarse de más de 2 millones 758 mil firmas, la revisión se prolongará todo enero y la convocatoria se lanzará el 4 de febrero y no el 12 de enero como estaba previsto.

Tras casi tres horas de debate en donde, se discutió el proyecto, pero también se abordó el recorte de 4 mil 913 millones de pesos al INE que se establece en el dictamen de Presupuesto de Egresos de la Federación 2022, que este miércoles se discute en el pleno de la Cámara de Diputados.

“Un recorte desmedido a la solicitud presupuestal hecha por el INE a la Cámara de Diputados, pone en riesgo la organización de la revocación de mandato, un ejercicio inédito, de participación ciudadana, que el INE solo podrá convocar y organizar si cuenta con los recursos necesarios”, señaló el consejero presidente del INE, Lorenzo Córdova. 

La modificación de la fecha, obedece en parte a la sentencia de la Sala Superior del TEPJF, que determinó que la recolección de firmas deberá realizarse en la misma proporción en formato físico y digital

“…determine que para recabar firmas de apoyo al proceso de revocación de mandato deben facilitarse en todo el país, no solo en lugares de alta marginación, tanto formatos físicos como en dispositivos electrónicos, para que ambos tipos de formatos queden a disposición de las personas interesadas en recabar firmas de apoyo y, en su caso, las y los ciudadanos interesados en apoyar el proceso de revocación de mandato elijan el medio, formato en papel o dispositivo electrónico, a través del cual otorgarán tal apoyo”, señala la sentencia del máximo tribunal electoral. 

Dicha sentencia también permite al INE, ajustar sus tiempos para la organización y realización del ejercicio ciudadano que, durante la aprobación de los lineamientos, el Consejo General del Instituto estableció para el 27 de marzo de 2022, sin embargo, debido a la sentencia requieren de más tiempo para la recolección y conteo de los formatos físicos. 

“Las propuestas de modificación y de adición giran en torno a contemplar de forma indistinta el uso de la aplicación electrónica y de los formatos físicos para la recolección de firmas a lo largo y ancho del territorio nacional, lo cual supone, de manera necesaria, el ajuste de los plazos y términos contemplados tanto en el artículo cuarto transitorio del Decreto de Reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de Consulta Popular y Revocación de Mandato, publicado el 20 de diciembre de 2019, como en los lineamientos que ahora se sustituyen”, detalló el secretario ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo.  

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