La industria del tequila seguirá operando porque ya se tienen contratos y compromisos internacionales para exportación además de que es el tiempo de la jima y plantación de hijuelos en espera de estar listos para la época de lluvias y esta es la única oportunidad de realizar las plantaciones, así lo confirmó esta tarde el coordinador General Estratégico de Crecimiento y Desarrollo Económico, Alejandro Guzmán Larralde.
“Es parte y eslabón de una agroindustria, en estos momentos, parte se está haciendo la jima de buena parte de la planta y es necesario completar el proceso, por lo tanto de ahí pudiera existir una afectación de efecto irreversible y pudiéramos tener pérdidas muy elevadas en la parte agrícola y agroindustrial, esa es una consideración, pero la segunda consideración, es que efectivamente hay contratos establecidos de proveeduría a otros países, de exportación y son contratos que no se pueden detener ni cancelar, hasta ahora no ha habido una instrucción en el que se cancelen esos contratos, por lo tanto no se estaría haciendo esa comercialización en el país, por lo tanto se estaría también en el apartado en donde se estaría teniendo también una afectación irreversible”, explicó.
La principal afectación que representaría parar esta industria también generaría un alto impacto hacia el comercio exterior lo cual sería irreversible y esta actividad continuará.
Al respecto, el diputado panista, Gustavo Macías también explicó que detener la actividad de esta agroindustria representaría la pérdida de empleo para más de 16 mil agricultores y jimadores y más de 170 mil jornales. También se estima una pérdida de 108 mil toneladas de agave que se dejarían de consumir y 4. 30 millones de litros que no se producirían.
También se afectarían las exportaciones de la bebida nacional en más de 21 millones de litros generando una pérdida de más de 170 millones de dólares, impactando en la economía tanto del sector, como la economía nacional.
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Anuncian listado de negocios que seguirán con actividades pese a emergencia
La Coordinación General Estratégica de Crecimiento y Desarrollo Económico, dio a conocer los sectores o negocios productivos que por la Declaratoria de Emergencia Sanitaria deberán permanecer cerrados y cuáles por su naturaleza podrán seguir operando.
Las actividades que puedan generar socialización física o aglomeración de personas son actividades no esenciales, los establecimientos en plazas comerciales que deben suspender actividades son tiendas departamentales, mueblerías, ropa, calzado, librerías, agencias de autos, bisuterías, jugueterías, entre otros.
Alimentos preparados o servicios de alimentos para llevar continúan y deben cumplir protocolos de distanciamiento, así como los envases, empaques y embalajes para trasladar alimentos o bolsas de acarreo. Los tianguis, especialmente la venta de alimentos y artículos esenciales. Refaccionarias, estacionamientos públicos, papelerías, lavanderías y tlapalerías son esenciales, pero no así la tintorería.
Las sanciones a las que se pueden hacer acreedores los dueños de negocios que incumplan y abran pueden ser las que contempla la Ley Nacional de Salud que va de un mínimo a un máximo de 150 unidades hasta dos mil 500 unidades, la sanción además, por la violación de la NOM 030, lo que establece la Ley Federal del Trabajo es que la sanción puede ir de igual manera desde los cinco mil pesos hasta los 250 mil pesos, aproximadamente, siendo el cierre de cantidades y de unidades con independencia del cierre o clausura parcial o total.
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Por: Mayeli Mariscal
dhfm