El Poder Judicial de la Ciudad de México incrementó las medidas urgentes para prevenir y combatir la violencia de género durante la suspensión de labores en el órgano debido a la pandemia por COVID-19.
Mediante el acuerdo 06-15/2020, el Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México (CJCDMX) determinó que se amplíen las acciones de guardias en juzgados familiares de proceso escrito en este plan de contingencia vigente hasta el próximo 5 de mayo, y entre las medidas establece que los jueces de turno deben privilegiar la comunicación, contacto y convivencia entre padres, madres y sus hijos mediante videollamadas u otro medio electrónico para garantizar la integridad de la familia, siempre y cuando no se exista el riesgo de violencia hacia la mujer o menores de edad.
El órgano colegiado determinó que las guardias de personal en los juzgados familiares de proceso escrito ordenadas al inicio de la suspensión de labores y términos procesales, ahora deben recibir y dar trámite a demandas escritas o por comparecencia personal de alimentos para casos donde no haya juicio previo, determinando, en su caso, una pensión alimenticia provisional.
“También deberán recibir y tramitar las diligencias y cuestiones de derecho familiar, u otras de índole perentoria y urgente, que deban ejecutarse inmediatamente para evitar que se cause perjuicio irreparable al interés superior de niñas, niños y adolescentes.
“Del mismo modo, las relativas a cuestiones en las que se afecte a la familia, especialmente por violencia contra la mujer, niñas, niños y adolescentes, en las que, de oficio o a petición de parte, el juez pueda decretar inmediatamente medidas cautelares tendentes a preservar a la familiar y a proteger a sus miembros”, informó el Consejo de la Judicatura local.
Amplía suspensión de labores por COVID-19
Debido a la emergencia sanitaria, el Poder Judicial de la Ciudad de México amplió la suspensión de labores y términos procesales hasta el próximo 5 de mayo.
El Consejo de la Judicatura local informó que esta medida es aplicable a todas las materias, excepto la penal, ya que operan términos constitucionales.
“Los órganos jurisdiccionales de esa materia, impartidores de justicia del sistema procesal penal acusatorio, incluido el sistema de justicia para adolescentes, las unidades de gestión judicial y las especializadas, así como Unidad de Supervisión de Medidas Cautelares y Suspensión Condicional del Proceso, quedan exceptuadas de las citadas suspensiones de labores y términos procesales, los que deberán adoptar guardias y los roles de turno establecidos”, indicó mediante el Acuerdo 03-15/2020. [nota_relacionada id= 969463]
También determinó ajustes en el calendario de turno extraordinario de los juzgados penales de primera instancia para el cumplimiento de detenciones por caso urgente y cateos, y lo relativo al rol de guardias de segunda instancia penal en relación a negativas de cateo.
En cuanto a la materia familiar, informó que se mantiene la instrucción de establecer guardias con personal estrictamente necesario para juzgados de la materia familiar de proceso escrito para atender lo relacionado con la entrega de billetes de depósito derivados de juicios de alimentos.
"El órgano de administración, vigilancia y disciplina del PJCDMX, asimismo, ajustó los turnos y roles de guardia que operarán durante la ampliación de suspensión de labores para garantizar el cumplimiento de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en Juzgados Civiles, Familiares y Penales de Primera Instancia; además, el de las Unidades de Gestión Judicial que conocen de violencia de género", indicó. [nota_relacionada id= 969078]
Por Diana Martínez
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