Segob y gobernadores acuerdan videoconferencia para atención de COVID-19

En una videoconferencia, la secretaría de Gobernación, Olga Sánchez Cordero junto a 29 gobernadores acordaron realizar encuentros temáticos a distancia para mantener la coordinación ante la  la declaratoria de emergencia sanitaria por causas de fuerza mayor por el COVID-19 (coronavirus) y el avance de la pandemia.

“Estamos pensando que las videoconferencias sean temáticas, esta es una conferencia para dar a conocer el decreto, es también una conferencia para darles a conocer las medidas que trae el doctor Hugo López-Gatell que fueron aprobadas por el Consejo de Salubridad General el día de ayer, y también algunos mensajes de algunos de los secretarios”, indicó.

Sánchez Cordero les pidió poner atención y cuidados a los adultos mayores, “para que estos no se queden sin recursos en esta emergencia”. 

En el encuentro virtual participaron los gobernadores de Hidalgo, Tabasco, y Querétaro, Omar Fayad, Adán Augusto López y Francisco Domínguez, respectivamente, los cuales fueron diagnosticados con COVID-19.

López-Gatell expuso medidas aprobadas

El subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, Hugo López-Gatell Ramírez hizo una exposición de las medidas aprobadas y que se implementarán durante la emergencia sanitaria en el mes de abril.

https://twitter.com/M_OlgaSCordero/status/1245125475283931136?s=20

También participaron el secretario de Relaciones Exteriores, Marcelo Ebrard, el subsecretario para América Latina y el Caribe, Maximiliano Reyes, el subsecretario de Gobernación, Ricardo Peralta, la subsecretaria de Desarrollo Democrático, Participación Social y Asuntos Religiosos, Diana Álvarez Maury, y el Coordinador General de Comunicación Social y Vocero del Gobierno de la República, Jesús Ramírez Cuevas.

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Las medidas dictadas por la Secretaría de Salud son las siguientes:

  • Medida 1: Se ordena la suspensión inmediata, del 30 de marzo al 30 de abril 2020, de actividades no esenciales en los sectores público, privado y social, con la finalidad de mitigar la dispersión y transmisión del virus SARS-CoV-2 en la comunidad, para disminuir la carga de enfermedad, sus complicaciones y muerte por COVID-19 en la población residente en el territorio nacional.
  • Medida 2: En todos los sectores y actividades definidos como esenciales, se deberán aplicar de manera obligatoria las siguientes acciones: no realizar reuniones o congregaciones de más de 50 personas, lavado frecuente de manos, estornudar o toser aplicando la etiqueta respiratoria, saludo a distancia (no saludar de beso, ni de mano, ni de abrazo) y todas las demás medidas de sana distancia vigentes y emitidas por la Secretaría de Salud Federal.
  • Medida 3: Se exhorta a toda la población residente en el territorio mexicano, incluida la que arribe al mismo procedente del extranjero, y que no participa en actividades laborales esenciales a cumplir resguardo domiciliario corresponsable del 30 de marzo al 30 de abril 2020. Se entiende como resguardo domiciliario corresponsable a la limitación voluntaria de movilidad, permaneciendo en el domicilio particular la mayor parte del tiempo posible.
  • Medida 4: El resguardo domiciliario corresponsable se aplica de manera estricta a toda persona mayor de 60 años de edad o con diagnóstico de hipertensión arterial, diabetes, enfermedad cardiaca o pulmonar, inmunosupresión (adquirida o provocada), en estado de embarazo o puerperio inmediato, independientemente de si su actividad laboral se considera esencial. El personal esencial de interés público podrá, de manera voluntaria, presentarse a laborar.
  • Medida 5: Una vez terminada la suspensión de actividades no esenciales y el resguardo domiciliario corresponsable, la Secretaría de Salud, en acuerdo con la Secretaría de Economía y la Secretaría del Trabajo, emitirá los lineamientos para un regreso escalonado y regionalizado a las actividades laborales, económicas y sociales de toda la población en México.
  • Medida 6: Se deberán postergar hasta nuevo aviso todos los censos y encuestas a realizarse en el territorio nacional que involucren la movilización de personas y la interacción física (cara a cara) entre las mismas.
  • Medida 7: Todas las medidas deberán aplicarse con estricto respeto y apego a los derechos humanos.

Por Paris Alejandro Salazar

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