Actividades esenciales que no se suspenden por emergencia sanitaria de COVID-19

Tras el anuncio de la declaracion de emergencia sanitaria en México por el brote del COVID-19, Hugo López-Gatell, subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, comentó que todas las actividades esenciales para el funcionamiento del país NO se verán suspendidas por la contingencia.

La declaración de emergencia se aplicará en el pediodo del 30 de marzo al 30 de abril en todo el país, sin importar si es un sector público o privado.

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¿Cuáles son las actividades que no paran?

Todas las actividades laborales que tengan que ver salud (rama médica, paramédica y administrativa), sin importar si es del sector público o privado.

Aquellas actividades en la se involucren la seguridad pública y la protección ciudadana, también las de procuración e impartición de justicia, seguiran activas.

Por otra parte las actividades legislativas, tanto estatales y federales, no se suspenden

Los servicios de distribución de alimentos, también seguirán operando con normalidad.

Finalmente segurán operando aquelos servicios de conservación y mantenimiento de la infraestructura crítica: agua, energía y drenaje.

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Por Redacción Digital El Heraldo de México

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