IXTAPALUCA

Alcaldesa se da su Navidad con licitación

Dos empresas participantes firmaron bajo inconformidad el fallo de la licitación

NACIONAL

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Dejaron fuera opciones más económicas.Foto: Especial / @ixtapaluca_ayu Créditos: Foto: Especial / HTV

En el municipio mexiquense de Ixtapaluca, que encabeza la priista Maricela Serrano, dieron un contrato para la compra de 22 patrullas –por licitación pública– a la empresa que más caro les vendió, y dejaron fuera opciones más económicas con argumentos fuera de lo que marca la ley.

Dos empresas participantes firmaron bajo inconformidad el fallo de la licitación número LPN-IXTA/DAYF/SA/FORTAMUDF/ADQ/2020-11-13/2020, puesto que les dejaron fuera desde el momento de la presentación de propuestas técnicas y no se les permitió presentar las mismas, aunque la ley marca que deben ser recibidas todas y, en caso de no cumplir con requisitos, se deben descalificar hasta después de permitírseles presentarlas.

La empresa Zaragoza Motriz S. A. de C. V. alertó de la irregularidad, y en el fallo firmó bajo protesta de su participación en la licitación pública nacional respectiva, para dejar constancia de que es improcedente el resultado, que dio como ganadora a la empresa Soni Automotriz S. A. de C. V.

De acuerdo con el artículo 48 del reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en su numeral tercero, durante la presentación y apertura de proposiciones se deberán recibir todas las ofertas, para su análisis, y posteriormente se podría desechar.

“El servidor público que presida el acto (de presentación y apertura de proposiciones) , deberá recibir las proposiciones para su posterior evaluación, por lo que no podrá desechar ninguna de ellas durante dicho acto”, indica la legislación.

También lo hizo Tochigi Automotriz S. A. de C. V. firmó su participación bajo protesta; su representante también reclamó incongruencias en la revisión de documentos, y que no le permitieron presentar su propuesta técnica. 

El comité de la licitación argumentó en el acta oficial del concurso durante la apertura de las propuestas que Zaragoza Motriz quedaba descalificada porque no habría entregado el original de la identificación oficial. Lo que no es requisito según la ley, además de que presentó una copia certificada ante notario público, la cual funciona igual que el documento original.

En la décima fracción del mismo artículo 48 del reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se establece que para este tipo de eventos se requiere copia simple, no original.

“Los licitantes entregarán junto con el sobre cerrado, copia simple por ambos lados de su identificación oficial vigente con fotografía, tratándose de personas físicas y, en el caso de personas morales, de la persona que firme la proposición”, señala la ley.

Aunado a ello, no quisieron certificar que el representante de la empresa mostró el documento original de una copia certificada ante notario público, de la credencial de elector, así como copia simple de la misma, con lo cual debieron dejarlo participar.

La ley del notariado del Estado de México, en su artículo 112, determina que “el notario podrá expedir copias certificadas de las escrituras o actas, a solicitud de las autoridades competentes, a petición de los otorgantes o para efectos de trámites administrativos y fiscales”.

Además, en el artículo 114 señala que “la protocolización de un documento acreditará la certeza de su existencia para todos los efectos legales", lo cual no hizo el municipio.

La propuesta de Zaragoza Motriz es casi 10% más económica que la de la empresa que resultó ganadora, la cual fue la propuesta más cara de todas las participantes.