FUERO PRESIDENCIAL

Fuero presidencial México: Aquí las razones por las que NO es REAL su desaparición

El pasado 26 de noviembre el Senado mexicano aprobó una reforma de la constitución que permitirá juzgar a los presidentes mientras ocupan el cargo

NACIONAL

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Conoce las razones.Foto: CuartoscuroCréditos: Foto: Cuartoscuro

El pasado 26 de noviembre el Senado mexicano aprobó una reforma de la constitución que permitirá juzgar a los presidentes mientras ocupan el cargo. La medida implica modificar la redacción de los artículos 108 y 111.

Según informó el Senado en un comunicado, en el primero se incorporará el concepto de que el presidente podrá ser imputado o juzgado por traición a la patria, hechos de corrupción, delitos electorales y todos aquellos ilícitos por los que podría ser enjuiciada cualquier persona mientras ocupe su cargo. En el segundo se establecerá que cualquier acusación contra el jefe del Ejecutivo deberá pasar por el Senado.

A raíz de esto, en las redes sociales se han compartido publicaciones que aseguran que el fuero presidencial en México desapareció por completo. “¡Histórico! ¡Felicidades México! El Senado de México acaba de aprobar el retiro del fuero al presidente y desde ahora los mandatarios podrán ser juzgados por corrupción”, dice una publicación que un día se compartió más de 7 mil 500 veces en Facebook.

Pero esta afirmación es imprecisa, pues aunque la reforma sí amplió los delitos por los que puede ser juzgado el presidente de la república durante su mandato, mantiene el fuero y para retirarlo se tiene que seguir el mismo procedimiento, es decir, acudir al Congreso para que se analice si hay elementos para quitarle la inmunidad política y luego poder ser procesado.

Juan Carlos González Cancino, abogado constitucional y profesor en la Escuela Libre de Derecho en México, explicó a AP en entrevista telefónica que el efecto de la reforma es únicamente ampliar el catálogo de delitos respecto de los cuales se puede condenar al presidente durante su sexenio sin necesidad de esperar a que termine su mandato.

“Actualmente sólo se le puede acusar por traición a la patria y delitos graves del orden común durante su sexenio. El resto de los delitos que cometa se persiguen una vez finalizada su administración”, señaló González. “Con la reforma se adicionan delitos (hechos de corrupción y delitos susceptibles de ser cometidos por cualquier ciudadano), pero al igual que ahora, quien juzga al presidente por los delitos es la Cámara de Senadores, eso queda igual. Eso y nada es lo mismo”.

El abogado constitucional y político Sergio Salgado Román dijo a la AP que el privilegio del presidente sigue vigente y aún con la reforma el mandatario continúa teniendo un procedimiento especial.

“Si a cualquiera de nosotros se nos acusa de corrupción o traición a la patria, la denuncia se hace en el ministerio público, éste inicia la investigación y se pone la carpeta a consideración de un un juez penal y se puede aplicar la prisión preventiva inmediata”, comentó Salgado. “En el caso del presidente se mantiene el procedimiento especial de que sea la Fiscalía General de la República quien tenga la carpeta y quien solicite a la Cámara de Diputados que actúe como fiscal de imputación y a la Cámara de Senadores como jurado de sentencia. Es el único caso en el que el Senado actúa como jurado”.

Salgado agregó que la reforma no es clara en cuanto a lo que sucederá si el Senado llega a acreditarle una responsabilidad al presidente y se lo llega a condenar. “Todavía no queda claro si la condena la va a cumplir después de que termine el encargo presidencial o tiene que ser destituido. Eso no está contemplado en el proyecto”, señaló el abogado.

Elisa Vera Madrigal, profesora adjunta de la Escuela libre de derecho, dijo a la AP que la reforma es más un tema de discurso político. “Viene muy bien decir que se eliminó el fuero pero el proceso es el mismo. Algunos dirán que (la ampliación de delitos) nos da más certeza jurídica, pero desde mi punto de vista no incluye nada que antes no tuviéramos claro por lo menos como abogados”, asegura Vera.

Para Salgado, aunque sí hubo un pequeño avance al agregar los nuevos delitos a la constitución, el Congreso perdió la oportunidad histórica de avanzar más en la quita de fueros a servidores públicos.

“Simplemente se quedó parafraseando lo que ya estaba”, dijo el abogado. “Lo ideal hubiera sido hacer una reforma para tener un control más directo sobre el presidente de la república. La discusión debió haber girado sobre cómo controlar al presidente para que no sea realmente impune, independiente de que se llame Enrique, Vicente o como sea”.

González, por su parte, afirmó que es difícil saber si la reforma es un avance o no, pues el Senado no es perito en derecho y el derecho penal requiere de mucha precisión. “El hecho de que juzgue el Senado sugiere más el uso de criterios políticos que jurídicos para aplicar la ley penal. Si juzga un tribunal penal, se esperaría un mejor desempeño en su técnica jurídica y una decisión más ajustada a derecho que a una tribuna política. En mi opinión, si queremos justicia, que juzguen personas que saben de derecho”.

Desde su campaña en 2018, el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, prometió acabar con el fuero presidencial para que cualquier mandatario pudiera ser juzgado como el resto de la población.

El dictamen fue presentado en primera instancia a la Cámara de Diputados, donde fue aprobado en octubre de 2019 y turnado a la Cámara de Senadores. Con 89 votos a favor y 23 en contra, el Senado aprobó el pasado jueves el dictamen de reforma constitucional.

Ahora pasará a los congresos estatales para el proceso legislativo correspondiente.

Por: AP