TRIBUNAL ELECTORAL

TEPJF ordena a Morena renovar su Comisión Nacional de Honestidad y Justicia

Los magistrados ordenaron que se respeten los estatutos internos del Movimiento de Regeneración Nacional

NACIONAL

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La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Movimiento de Regeneración Nacional renovar a los integrantes de la Comisión de Honestidad y de Justicia del partido. 

Los magistrados coincidieron en que el término del cargo de los funcionarios que se encargan de este grupo ha vencido, por lo cual es necesario hacer el cambio. Además de esto, el Tribunal pidió que el partido buscara emplear la tecnología en este proceso a fin de que se eviten los contagios de coronavirus.
 
Se ordenó además a la presidenta del Consejo Nacional que dé respuesta fundada y motivada a la petición de Iván Santos Islas de integrar la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia. La respuesta debe ser emitida en un plazo de 72 horas posteriores a la notificación de esta sentencia.
 
El 8 de febrero de 2016 fueron ratificados por el Consejo Nacional de Morena, los integrantes de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia que en ese momento fueron electos, Héctor Díaz Polanco (presidente, aún con ese cargo), Adrián Arroyo Legaspi, Claudia Gabriela Rodríguez Ramírez, Víctor Suárez Carrera y Patricia Ortiz Couturier.
 
El demandante refiere que, conforme con el artículo 40 del Estatuto de Morena los integrantes de la Comisión ya cumplieron con su periodo de tres años, los cuales vencieron el 8 de febrero de 2019, sin que se haya realizado su renovación por parte del Consejo Nacional de Morena, aunado a que el presidente de dicho órgano lleva cuatro años consecutivos en el cargo, siendo que solo debió fungir un año, con posibilidad de reelección por una vez.

Por ello, considera que el Consejo Nacional incurrió en omisión al no renovar a los integrantes de la Comisión. El pleno de la Sala Superior consideró que la entidad debió pronunciarse sobre la integración de este organismo, debido a que ha transcurrido el periodo para el cual fueron electos sus integrantes, a fin de realizar los actos estatutarios correspondientes y que la mencionada Comisión se integre conforme lo demanda la normativa interna.