El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) dio a conocer que se encuentra implementando la segunda fase de la prubea piloto para afiliar a las empleadas domésticas de México. Este proceso se basa en la automatización del proceso de pago que hace el empleador de estos servicios.
Esta medida beneficiará a dos millones 400 mil personas que trabajaban de manera informal y que fueron beneficiadas con las modificaciones a la Ley del Seguro Social de julio de 2019, la cual estipula que los patrones deben hacer un registro de las personas que laboran en su hogar.
Entre los resultados reportados de la fase I de esta prueba piloto, la maestra Norma Gabriela López Castañeda, directora de Incorporación y Recaudación, destacó que al mes de octubre 27 mil 640 personas y sus beneficiarios han sido incorporados a la institución y gozan de manera integral de los beneficios de salud y seguridad social que proporciona este esquema.
Es decir, con este programa se brinda cobertura no sólo al asegurado titular sino también a su núcleo familiar, con lo que se beneficia a más de 80 mil personas. Baste mencionar que durante los 18 meses de operación de esta fase 1 de la prueba piloto, se han otorgado 165 mil atenciones médicas, tanto a los asegurados titulares como a sus beneficiarios.
Considerando la distribución por género, el 68 por ciento son mujeres y 32 por ciento son hombres, y el 24 por ciento de los asegurados se concentran en la Ciudad de México y el Estado de México. En la distribución por edades, en promedio el mayor número de registros se da en mujeres de 50 años y hombres de 55 años, lo que se explica porque este segmento de la población es el que tiene el mayor interés por contar con asistencia médica, entre otras prestaciones.
Para ponderar el resultado del programa, basta mencionar que la afiliación que se logró durante la primera fase es siete veces superior a los registros que se tuvieron con el esquema anterior de incorporación de trabajadores domésticos, que a abril de 2019 era de tres mil 848 personas. Otro dato significativo es el porcentaje del salario base de cotización, que supera el salario mínimo y en las inscripciones del mes de octubre fue de cinco mil 131 pesos en promedio; si se compara con la modalidad anterior, este salario es 28 por ciento superior.
Cabe resaltar que en la conferencia de prensa realizada este 11 de noviembre en las instalaciones del IMSS, el director general del IMSS, Zoé Robledo, destacó que durante su comparecencia ante las Comisiones Unidades de Salud y Seguridad Social del Senado de la República, el Instituto presentó al Congreso el informe sobre los resultados de la primera etapa de la prueba piloto.
A partir de la operación de la fase I de la prueba piloto, el Seguro Social identificó las principales áreas de oportunidad de este esquema, en particular para aquellos casos en donde se tienen múltiples patrones, por lo que en la nueva fase del programa ahora se permite que cada uno de los empleadores realice la inscripción de la persona trabajadora del hogar y el pago de las cuotas de manera individual, en función de los días laborados y del salario reportado, en línea con lo señalado en la Ley del Seguro Social respecto de la obligación del patrón para llevar a cabo el registro de la persona trabajadora del hogar.
Para ello, existe la facilidad de ingresar al portal del IMSS y de una manera muy sencilla se puede realizar este trámite, sólo se requiere que el patrón proporcione sus datos básicos, como CURP, domicilio, correo electrónico, teléfono de contacto y RFC, este último de manera opcional.
Posteriormente el empleador debe proporcionar los datos básicos de identificación de la persona trabajadora del hogar (CURP, Número de Seguridad Social y domicilio), así como el salario diario y los días que labora la persona trabajadora del hogar, y automáticamente el sistema genera el comprobante del trámite y la línea de captura para realizar el pago de las cuotas obrero patronales.
En esta fase II se cuenta, al igual que en la fase I, con la cobertura idéntica a la de un trabajador del régimen obligatorio, es decir, de los cinco seguros que prevé la Ley del Seguro Social: de Enfermedades y Maternidad; de Riesgos de Trabajo; de Invalidez y Vida; de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez; y de Guarderías y Prestaciones Sociales.