EMPLEO

Debate sobre subcontratación laboral debe continuar: Estudio

Las empresas en red y las plataformas digitales son dos formas de subcontratación que han sido olvidadas en el debate legislativo en la materia

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“Estas formas de subcontratación plantean problemas distintos para su regulación" Foto: Pixabay

Las empresas en red y las plataformas digitales son dos formas de subcontratación que han sido olvidadas en el debate legislativo en la materia. 

Así lo señala el informe "La subcontratación: una relación laboral multiforme", elaborado por el experto Saúl Escobar, y que indica que el análisis al respecto debe continuar. 

“Estas formas de subcontratación plantean problemas distintos para su regulación, aunque todas ellas tengan en común el objetivo de ocultar la relación laboral y la responsabilidad de los empleadores”, alerta el estudio. 

En el primer caso, explica el informe, la mejor solución exige poner en práctica mecanismos que involucren a trabajadores organizados sindicalmente en distintos países para que pactar contratos colectivos en los que participen empresas dominantes, subcontratadas y trabajadores al servicio de estas. 

“Como lo demuestra ya el T-MEC, su capítulo laboral y las normas dictadas por el Congreso de Estados Unidos para el caso de México, la posibilidad de contraponer a la red empresarial una red de solidaridad obrera, pactos y convenios trasnacionales no se ve como algo imposible. Dependerá, funda-mentalmente, de la capacidad de la organización de los trabajadores y de su voluntad solidaria”, indica el informe. 

Plataformas digitales deben reconocer a sus trabajadores

Sobre las plataformas digitales, el documento señala que el debate debe centrarse en el reconocimiento de la relación laboral y en las obligaciones patronales

En el estudio se ejemplificó con el caso de Uber, que en días partes del mundo, los trabajadores lograron triunfos y derrotas, y en México, el caso de los repartidores de comida que operan por medio de este mecanismo digital, por sus condiciones de trabajo particularmente vulnerables, requiere atención urgente y una acción inmediata del gobierno y el Poder Legislativo

Además el informe recomienda establecer que los trabajadores que laboran regularmente en la empresa contratante y el personal subcontratado tienen derecho a formar parte de un mismo sindicato de empresa o rama. 

“Convendría también que se estableciera en la ley que el sindicato que administra el contrato colectivo de la empresa beneficiaria pueda, en su caso, y si es la voluntad del trabajador subcontratado, reconocerlo como miembro de su organización y exigir el cumplimiento de sus derechos, si éste no cuenta con un contrato colectivo ni pertenece a alguna otra organización sindical. En ambos casos, los trabajado-res subcontratados estarían en mejores condiciones para negociar sus condiciones de trabajo y ejercer sus derechos laborales, incluyendo la huelga”, señala. 

Por: Diana Martínez