Diputados de todas las fracciones parlamentarias suscribieron una iniciativa para eliminar la facultad que ahora tiene el INE para revocar el registro a los partidos políticos que no mantengan un número mínimo de afiliados equivalente a 0.26 por ciento del padrón (alrededor de 234 mil personas).
Ese requisito solo aplicaría para a los partidos en formación; para aquellos ya constituidos bastaría con lograr tres por ciento de la votación en las elecciones federales.
“Los siete partidos con registro nacional ya compitieron en procesos electorales y tuvieron que alcanzar el 3 por ciento del umbral de la votación en alguna de las elecciones federales. En otras palabras, para que un partido pudiera mantener su registro, requirió mínimamente lograr un millón 610 mil 621 votos. Algunos pensarán que lograr el 3 por ciento resulta fácil, pero no es así; se requiere del despliegue de una amplia y profundad estrategia electoral”, indica en el diputado por el PT, Silvano Garay, en la exposición de motivos de su iniciativa de reforma a la Ley General de Partidos Políticos.
Su propuesta cuenta además con firmas de respaldo de 50 diputados entre los que destacan los coordinadores parlamentarios del PRD, Verónica Juárez, y del PT, Reginaldo Sandoval; de la ex coordinadora del PES; Olga Elizondo; del ex presidente del PRI, Enrique Ochoa; de Miroslava Carrillo, morenista y presidenta de la Comisión de Puntos Constitucionales; de Rocío Barrera, morenista y presidenta de la Comisión de Gobernación y del panista Jorge Espadas Galván.
“Si el pueblo refrenda su preferencia por un partido al concederle, al menos, 3 por ciento de la votación, porque ese partido tiene que cumplir de nueva cuenta el requisito de tener un número de afiliados equivalente a 0.26 por ciento del padrón”, indicó en entrevista con El Heraldo de México.
Según Garay, someter a los partidos a esa nueva revisión viola la Constitución, pues establece un “requisito adicional” al porcentaje de votación como condición para mantener el registro.
Para eliminar dicho requisito, Garay y los diputados firmantes plantean cambiar la redacción del artículo 94 de la Ley General de Partidos Políticos para precisar que si un partido no acredita un número de afiliados equivalente a 0.26 por ciento del padrón no perderá su registro.
“El instituto podrá seguir verificando nuestros padrones; lo que ya no podrá hacer es usar esa información para mantener nuestro registro”, indicó Silvano Garay.
Responsabilidad del INE
Del 1 de febrero de 2019 al 31 de enero de 2020, los partidos depurarán sus padrones por orden del INE. La revisión implica que solo validen como militante a aquel cuya afiliación esté respaldada con una cédula que él mismo haya firmado.
“Los partidos cancelarán los registros de aquellas personas respecto de las cuales (sic) no cuenten con la cédula de afiliación, refrendo o actualización, una vez concluida la etapa de ratificación de voluntad de la ciudadanía. La baja no podrá darse en contra de la voluntad de la o el afiliado”, indican los lineamientos aprobados por el instituto.
Todos los documentos entregados por los partidos serán verificados por las direcciones Ejecutivas de Prerrogativas y Partidos Políticos y del Registro Federal de Electores del INE.
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Por: Nayeli Cortes
dhfm