La Maestra Elba Esther Gordillo reta a juzgador

La defensa de Elba Esther Gordillo informó al juez Alejandro Caballero que por el momento no presentará la lista de las personas que visitan a la ex lideresa magisterial como éste lo ordenó,ya que impugnó su resolución. En la demanda, Gordillo solicitó suspender esta orden del impartidor de justicia bajo el argumento de que se vulneraron derechos, a la intimidad, a la privacidad de las comunicaciones, y de adultos mayores. Marco Antonio del Toro, abogado de la maestra, señaló que, aunque el impartidor de justicia estableció un plazo de 24 horas para que entregara la información con comprobante de domicilio y copia de identificación de estas personas, le señaló que no puede dar cumplimiento porque ya promovió un juicio de amparo contra la orden de restringir visitas y comunicaciones. Este miércoles, Del Toro Carazo presentó la demanda contra esta decisión judicial que derivó de la petición de la PGR de reforzar las medidas de seguridad en el departamento de Polanco. La demanda fue presentada ante el juzgado décimo segundo de Distrito de Amparo en Materia Penal, pero no ha sido admitida, ya que la jueza previno a la defensa para que acreditara si agotó el principio de definitividad; esto es, que manifestara si promovieron una apelación en contra de la orden del juez federal. Fuentes allegadas al caso señalaron que la defensa argumentó que no se agotó este principio porque existe la posibilidad de solicitar el amparo cuando se trata de violaciones a derechos fundamentales. Del Toro calificó de inadmisible la invasión del domicilio de Gordillo, esto al impedir que se comunique con terceros por razones políticas que no tienen nada que ver con el proceso penal en su contra. Establecer la buena reputación de los visitantes, dijo, podría vulnerar los derechos de estos. “Quien califique como non grato tendrá una afectación en sus propios derechos, lo mismos sucederá con aquella persona que mande un mensaje de texto a la maestra y si lo revisan, están atacando el derecho de ese tercero a su libre comunicación, a su libertad sobre el particular”, dijo. Destacó que la maestra no es acusada de traición a la patria o terrorismo como para que se pueda argumentar que sus comunicaciones podrían poneren riesgo la seguridad nacional. “El amparo que ganamos establece que las medidas de seguridad no pueden vulnerar derechos fundamentales, así lo dice explícitamente.” Detalló que al concederse la prisión domiciliaria, a propuesta del Ministerio Público se fijan las medidas de seguridad: “son medidas de seguridad, no de control, simplemente es velar porque la persona no salga de ese domicilio mientras no termine su proceso”, explicó. POR DIANA MARTÍNEZ
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