La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó por notoriamente improcedente la acción de inconstitucionalidad que promovió el Partido Movimiento Ciudadano en contra de la Ley de Seguridad Interior.
El medio de impugnación fue presentado la semana pasada, pero el Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo determinó que los partidos políticos sólo pueden recurrir a estos juicios para señalar la invalidez de leyes electorales.
“En el caso existe un motivo manifiesto e indudable de improcedencia que conduce a desechar de plano la presente acción de inconstitucionalidad, toda vez que, en la especie, no se reclaman normas de naturaleza electoral, por lo que los accionantes no puede intentar este medio de control de constitucionalidad, actualizándose el supuesto de improcedencia”, indica el acuerdo.
Aún quedan pendientes de admitirse o no las acciones de inconstitucionalidad que presentaron senadores, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y el Instituto Nacional de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
POR DIANA MARTÍNEZ