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Podrá CNDH hacer público el expediente de matanza de San Fernando

NACIONAL

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio plenas facultades a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) para que permita la publicación de información solicitada vía transparencia cuando se trate de investigaciones sobre violaciones graves a derechos humanos. De esta manera, la CNDH podrá resolver si permite acceso público a su expediente sobre la matanza de 72 migrantes en San Fernando, Tamaulipas, independientemente si otras dependencias, como la Procuraduría General de la República (PGR), han clasificado la información como reservada. Así podrá decidir si prevalece el principio de máxima transparencia en asuntos en los que deberá calificar la existencia de violaciones graves a derechos humanos. Al respecto Sergio Méndez Silva, abogado de la Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho, comentó que históricamente la Comisión no ha querido, de entrada, clasificar como violaciones graves a los derechos humanos aquellos casos que implican masacres. Tal es el asunto relacionado con la masacre de 72 migrantes ocurrida en San Fernando, donde el organismo defensor no quiso clasificar esa información como una violación grave a los derechos humanos para que fuera dada a conocer vía solicitud de transparencia. En sesión, los ministros establecieron que de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 14 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental no podrá invocarse el carácter de reservado de las averiguaciones previas y otras indagaciones de carácter oficial cuando se trate de la investigación de violaciones graves de derechos humanos. En ese sentido, si bien la citada ley de transparencia no precisa con claridad qué sujetos se encuentran facultados para calificar, la Comisión Nacional de Derechos Humanos sí cuenta con la facultad necesaria para poder realizar esa calificación. Lo anterior porque la Constitución federal ubica a la CNDH como el órgano estatal que debe velar por “la protección, observancia, promoción, estudio y divulgación de los derechos humanos que ampara el orden jurídico mexicano”. Ello permite que se encuentre plenamente posibilitada para calificar cuándo se está frente a violaciones graves a los derechos humanos, para efectos del último párrafo del Artículo 14 de la mencionada ley de transparencia. De ahí que, atendiendo al cúmulo de facultades que le fueron otorgadas tanto a nivel constitucional como en la ley que la rige, los ministros de la Segunda Sala de la corte concluyeron que la CNDH cuenta con plena aptitud técnica y jurídica.   Con información de Notimex